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sábado, abril 27, 2024

Propuesta de revisión, actualización y armonización a la Ley de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla

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La Benemérita Universidad Autónoma de Puebla es una institución educativa con un legado histórico que data de los primeros años de la fundación de la ciudad de Puebla a la actualidad, y cuyo impacto en la vida pública del Estado alcanza todas sus dimensiones.  

En el transcurso de esta historia que inicia el 14 de abril de 1578, la BUAP ha vivido transformaciones resultado de sus propios procesos de desarrollo, de los avances en el conocimiento y de la interacción con el Estado mexicano y la sociedad poblana. Destacan y son relevantes para este recuento, los vinculados con la autonomía universitaria, una garantía institucional subordinada a la maximización del derecho a la educación y un principio que la dota de independencia política, administrativa y académica para cumplir con su alta misión educativa.  

La trayectoria de la Universidad Autónoma de Puebla y su presencia en el desarrollo de la ciencia y la cultura en el estado de Puebla, merecieron el reconocimiento del Congreso del Estado, que le otorgó el título de Benemérita el 2 de abril de 1987. 

El 19 de abril de 1991, el Quincuagésimo Primer Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, previa iniciativa enviada por el ejecutivo, el acuerdo de la Asamblea y turnada que fue aquella a las Comisiones Unidas de Gobernación, Legislación, Puntos Constitucionales, Justicia y Elecciones, y de Educación, Ciencia y Tecnología, se aprobó la Ley de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla publicada el 23 de abril de 1991 en el Periódico Oficial del Estado. 

Posteriormente, bajo la premisa de respeto a la autonomía universitaria consagrada en la fracción VII, del artículo 3, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el 10 de diciembre de 1998, el Congreso del estado de Puebla aprobó la primera reforma a la ley de BUAP. La trascendencia de estas modificaciones radican, entre otros aspectos, en que se precisó y resaltó el carácter fundamental de la autonomía universitaria para cumplir con las funciones sustantivas y adjetivas universitarias; que el Estado proveerá de recursos conforme a la partida que apruebe el congreso; se otorgó una mayor protección a los bienes patrimonio de la Universidad al equipararlos a los del dominio público del Estado; se incorporó la figura de Contralor General acorde a las líneas de acción del  Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000 a fin de promover la probidad y rendición de cuentas como un elemento esencial en las actividades universitarias; y se precisaron los requisitos y el periodo del rector que se extendía de 3 a 4 años, además de que se contempla la reelección para un segundo periodo, ya se considera también a las autoridades personales de unidad académica. Estas reformas, sin duda, marcaron las pautas para consolidar la estabilidad universitaria, así como, el desarrollo académico y administrativo de la Institución que nos ubica como una de las mejores universidades de México y a nivel internacional.    

Tuvieron que pasar 25 años para que se tomará la decisión de realizar una propuesta de Revisión, Actualización y Armonización a la Ley de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, esta decisión será un legado para los universitarios; y por ello, aspectos tan relevantes como la inclusión, el respeto a los derechos humanos, la equidad e igualdad de género, el respeto a las jóvenes y la generación de espacios libres de violencia ya están considerados en el proyecto de Actualización de la Ley, también se considera el respeto y la preservación del medio ambiente, la propuesta de nueva Ley BUAP tiene presentes los avances en el conocimiento como las propias dinámicas en la organización universitaria, precisan innovaciones en el marco jurídico que permitan dar los siguientes pasos en el fortalecimiento de la autonomía universitaria, de cara a los nuevos retos que la realidad impone 

La modificación de la Ley es atributo exclusivo de los diputados del Congreso del Estado. En muchas universidades sus congresos han modificado sus leyes sin tomarlas en cuenta atentando contra la autonomía. Esta propuesta de modificación garantiza el respeto a nuestra autonomía. En nuestro caso la propuesta emana de la comunidad universitaria y le solicitaremos al gobernador que esta propuesta sea la que discutan y aprueben los diputados, aprovechando la buena relación con los distintos entes de gobierno y el respeto que éstas tienen hacia la autonomía universitaria. Es momento de ser ejemplo nacional, partiendo de una propuesta endógena, considerando que en la mayoría de las modificaciones a las reformas de la Ley de las Instituciones de Educación Superior han sido a propuesta de los congresos estatales. 

Por lo anteriormente expuesto es necesario, viable y oportuna la revisión, actualización y armonización de la Ley de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, para que sea alineada al contexto, estatal, nacional e internacional que enmarca la Ley General de Educación Superior. 

 

DEL PROCEDIMIENTO DE LA REFORMA A LA LEY

El procedimiento para reformar la Ley de la BUAP, como bien se señala en párrafos arriba descritos, la modificación de la Ley es atributo exclusivo de los diputados del Congreso y del ejecutivo del Estado, es una procedimiento que no contempla la normativa de la BUAP, aunque en esta ocasión la Benemérita está sentando precedentes con generar una propuesta que será turnada al ejecutivo previa autorización de su máximo órgano de gobierno que es el Honorable Consejo Universitario, es trascendental recalcar que, es tarea y facultad del Congreso del Estado realizar los trabajos respecto a cualquier reforma a la máxima normativa que rige la vida universitaria. 

 

RESPECTO A LA CONSULTA

Con el desarrollo de nuevas tecnologías, nuevas formas de acercar el conocimiento a las personas, la máxima casa de estudios del Estado de Puebla, apoyada en los avances tecnológicos y apegada al artículo 2 de la Ley General de Educación Superior, en el que se fundamenta la consulta a TODA LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA DE LA BUAP, ha puesto a disposición de está la Propuesta de Revisión, Actualización y Armonización a la Ley de la Benemérita Universidad Autónoma de PUEBLA, para que además de participar y conocer, también opinen y formulen propuestas. Es imperante recalcar que en la CONSULTA pueden participar los tres sectores que integran la comunidad universitaria; es decir, pueden participar alumnos, académicos y los trabajadores no académicos o administrativos de la BUAP. 

La importancia que los universitarios se sumen en la consulta de la Propuesta de Revisión, Actualización y Armonización a la Ley BUAP, debe ser notable  y medular, ya que en ningún momento ni en el año de 1991 y ni en la reforma de 1998, se tomó en cuenta la participación de la comunidad universitaria. Se debe precisar que estos nuevos tiempos que conllevan a nuevos retos, los universitarios son la prioridad de esta nueva cultura universitaria que ha llegado para dejar precedentes en la máxima casa de estudios. 

La consulta estará abierta del 17 al 22 de mayo y  se realiza en línea a través de la página de la BUAP: 

 www.buap.mx 

http://academico.buap.mx/ConsultaUniversitaria/index.aspx  

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