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jueves, noviembre 21, 2024

Tribunal ordena reactivar orden de captura contra Juan José Espinosa

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La revocación del amparo concedido a José Juan Espinosa, candidato a diputado federal del Distrito 11, revivió la contradicción del PRIAN en Puebla: llevar como candidatos a presuntos delincuentes que en el pasado fueron denunciados por prácticas de corrupción.

El amparo en revisión 313/2023 retrata a la perfección este dilema, pues mientras Mario Riestra, candidato a la alcaldía de Puebla, denunció en el 2018 a Espinosa por enriquecimiento ilícito, hoy su partido lo impulsa a competir por una curul en San Lázaro.

El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito tomó la decisión de revocar el amparo contra la orden de aprehensión de José Juan Espinosa, luego de que su hoy compañero de coalición, Mario Riestra Piña, presentó en junio de 2018 información sobre discrepancias entre las percepciones obtenidas por el exdiputado durante su trayectoria como funcionario público y su actual patrimonio.

Aunque el documento no precisa la cifra exacta del enriquecimiento ilícito, toda vez que la información fue reservada por protección de datos personales, en el 2018, políticos como Marcelo García Almaguer y Jesús Giles señalaron que este enriquecimiento ascendía a los 152 millones de pesos.

La información señalada en ese momento apuntaba a que el exdiputado y la senadora Nancy de la Sierra compraron un predio de 22 mil 613 metros cuadrados de forma fraccionada, cuyo valor era de 46.7 millones de pesos que no reportaron y donaron a sus hijos para evitar levantar sospechas.

La reactivación de la orden de aprehensión de Espinosa ocurrió luego de que el Tribunal identificó como errónea la interpretación legal de ciertos artículos constitucionales y legislativos, que permitieron en un principio el otorgamiento del amparo al exlegislador.

Inicialmente, el Juez Quinto de Distrito en Materia Penal consideró que existía una laguna jurídica en la aprobación de una reforma al Código Penal, en los artículos 432 y 433 en materia de corrupción, mismos que aprobó el Congreso de Puebla a propuesta del entonces gobernador Antonio Gali Fayad.

La justificación del juez para otorgar en un inicio el amparo contra el hoy candidato fue que la Secretaría de Seguridad Pública estatal (SSP) a cargo de Jesús Morales Rodríguez, así como otros actores políticos como el gobernador de Puebla, debían haber incluido sus rúbricas en el refrendo de esta publicación en el Periódico Oficial.

Sin embargo, el 28 de abril de este año, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito revocó este criterio, al señalar que el Poder Ejecutivo no tenía la obligación de “refrendar” esta adecuación al Código Penal mediante la firma de servidores públicos como el gobernador o el secretario de Seguridad, toda vez que las autoridades ministeriales son las únicas competentes para tratar temas de persecución de delitos. Esto, en consecuencia, permitió la reactivación de la orden de aprehensión.

El Tribunal precisó además que las modificaciones al Código Penal no tenían por qué repercutir en la orden de aprehensión librada en contra de José Juan Espinosa, pues sería hasta el momento en que se dictara la sentencia definitiva en el juicio penal, cuando podrían controvertir lo relativo a dicha imposición, pero no antes.

“El fondo de la materia objeto de la reforma legislativa en análisis, en el tramo que funda la actuación del Ministerio Público local en las investigaciones y los procedimientos de responsabilidad penal conducentes, es ajeno al ramo competencial del titular de la Secretaría de Seguridad Pública y del titular de la entonces denominada Secretaría de la Contraloría, ambos del Estado de Puebla, por lo que estima que el Decreto que se impugna no requiere ser refrendado por funcionarios públicos adicionales a los que lo hicieron efectivamente el 29 de diciembre de 2017, Secretario General de Gobierno y Fiscal General del Estado”, señala la sentencia.

CAÍDA ESTREPITOSA

El candidato a diputado federal, José Juan Espinosa, fue enterrado políticamente por quienes hoy lo promueven. Según la denuncia, sus bienes inmuebles, cuentas bancarias y otros activos no concuerdan con sus ingresos declarados. El proceso judicial reveló detalles sobre la adquisición de propiedades y movimientos financieros de Espinosa y su esposa, Nancy de la Sierra.

Entre los elementos presentados se encuentran testimonios, informes periciales y análisis de declaraciones patrimoniales, en los que el propio Mario Riestra señaló que el patrimonio acumulado por Espinosa superaba significativamente sus ingresos como servidor público, lo que ha llevado a la conclusión de un posible enriquecimiento ilícito con la propuesta de permanecer hasta 11 años en prisión.

En la querella, Mario Riestra apuntó que desde el año 2005 José Juan Espinosa había desempeñado roles como servidor público, incluyendo períodos como diputado local y presidente municipal. Sin embargo, las percepciones obtenidas durante estos cargos no le parecían ser suficientes para justificar su patrimonio.

Este hecho fue verificado por el hoy candidato a la alcaldía a través de declaraciones patrimoniales y registros catastrales, revelando además propiedades e ingresos no declarados en su 3 de 3. En la denuncia, además de colocar propiedades no declaradas, expuso donaciones a sus hijos que no concordaban con su capacidad financiera, así como cuentas bancarias y otros activos financieros no reportados.

En la lista, Mario Riestra incluyó informes de Registradores Públicos de la Propiedad y del Director General Jurídico de la Auditoría Superior del Estado (ASE), mismos que arrojaron un posible enriquecimiento ilícito por parte de Espinosa a su paso por la administración pública, por lo que pidió prisión preventiva en su contra.

Según el informe, se aprecia que José Juan Espinosa habría contado con hasta cinco propiedades: una casa, una fracción de terreno, una casa habitación, un terreno y una parcela, además, se registraron nueve cuentas bancarias de 2007 hasta 2019.

Riestra además solicitó el “análisis de elementos de cautela”, toda vez que José Juan Espinosa se autoexilió en el extranjero y se habían identificado distintos viajes. Por ejemplo, el 10 de enero de 2021 voló del aeropuerto de Veracruz con destino a Estados Unidos de forma sospechosa.

“No voló de la Ciudad de México, sino del aeropuerto de Veracruz a Estados Unidos. Relaciones Exteriores tiene registros de que hace unas semanas salió del país aquel político que chantajeó a los últimos cuatro gobernadores de Puebla”, expuso Riestra en la querella.

Y remató: “El hecho con apariencia de delito lo cometió siendo servidor público, valiéndose de la ventaja que esto representa, asimismo, podría destruir, modificar, ocultar o falsificar elementos de prueba; también podría influir para que coimputados, testigos o peritos informen falsamente o se comporten de manera reticente o inducir a otros a realizar tales comportamientos, incluso intimidar, amenazar obstaculizar la labor de los servidores públicos que participan en la investigación”.

Es de señalar que las denuncias fueron cruzadas, toda vez que José Juan Espinosa, también denunció con anterioridad a la familia Riestra.

La denuncia fue presentada en el año 2018 contra Rodrigo Riestra, extitular de la Secretaría de Desarrollo Rural, Sustentabilidad y Ordenamiento Territorial, por los delitos de uso indebido de funciones, enriquecimiento ilícito, tráfico de influencias y entrega de programas sociales con fines electorales.

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