A pesar de que el candidato del PRIAN, Eduardo Rivera Pérez, se dice inocente del desfalco de 411 millones de pesos en su gestión 2011-2014 que derivó en una sanción en 2017 de 25.5 millones de pesos y su inhabilitación por 12 años, impuestos por el Congreso del estado, en realidad la Auditoría Superior del Estado fue la responsable de librarlo de cualquier condena.
A decir del regidor de Morena en el Cabildo de Puebla, Leobardo Rodríguez Juárez, todo se trató de un pacto político a fin de obligar a que Rivera Pérez participara en el proceso electoral de 2018 como candidato a la capital poblana y las mismas actuaciones judiciales dan cuenta de eso.
El 7 de abril de 2017, el Congreso del estado aprobó un Procedimiento Administrativo de Responsabilidades (131/2016), en el que se advertía sobre un daño patrimonial por 411 millones de pesos en la gestión del panista, por lo que a petición de la Auditoría Superior del Estado se procedió a la inhabilitación por 12 años para ocupar un cargo público y le impuso dos multas por 12 millones 798 mil 508 pesos.
La resolución fue respondida frontalmente por el panista en ese momento y acusó que “en Puebla se aplica la justicia a modo para perseguir a quien se interponga a los intereses personales de Moreno Valle y su grupo”, además de que su sanción era “parte del proyecto de Moreno Valle ha quitado del camino a quien es un obstáculo en su intento de seguir controlando a Puebla. Quiere ganar en la mesa lo que no puede ganar en la calle”.
Así pues, Eduardo Rivera recurrió al Juzgado Tercero de Distrito para iniciar el juicio de amparo 942/2017 contra la sanción del Poder Legislativo. La acción propició una nueva andanada de señalamientos en contra del panista y la advertencia que no se salvaría del castigo.
En medio de las pugnas políticas, el morenovallismo también se alistaba para la contienda electoral de 2018 en la que Martha Erika Alonso fue ungida como candidata a la gubernatura de la coalición Por Puebla al Frente (PAN-PRD-MC-PSI-Nueva Alianza-Compromiso por Puebla).
Ante la inminente ola electoral que comenzaba a surgir entorno a Andrés Manuel López Obrador, así como el desfondamiento del PRI y el PAN a nivel nacional, Moreno Valle comenzó a mover sus fichas.
La sorpresa llegaría el 18 de enero de 2018 cuando Eduardo Rivera anunciaba que se mantendría en el PAN y analizaba ser el candidato a la alcaldía de Puebla. La reacción fue traducida como un sometimiento del exalcalde, aunque el semanario Proceso reveló varios datos adicionales:
“El anuncio de Rivera Pérez… concuerda con la versión que circuló este día de un acuerdo político entre el precandidato presidencial, Ricardo Anaya Cortés, el exgobernador Moreno Valle y el gobernador Antonio Gali Fayad. Según esa versión, Anaya habría pedido que Rivera Pérez fuera considerado como candidato de nueva cuenta para la alcaldía de Puebla, y a cambio aceptaría que la esposa de Moreno Valle, Martha Erika Alonso fuera la candidata a gobernadora y el hijo de Gali Fayad, el perredista Antonio Gali López, encabezara la fórmula por el Senado.
“Luego de que el año pasado despotricó contra Moreno Valle y hasta inició una campaña con miras a contender por la gubernatura en 2018 en clara competencia con la esposa del exmandatario, el exalcalde poblano sorprendió en las redes sociales con un mensaje conciliatorio. ‘Para mí lo más fácil sería abandonar el barco, pero convencido de que la Puebla que queremos es posible, que hay que trabajar duro por ella, por nuestros hijos y por nuestras familias, seguiré dando la batalla en Acción Nacional’, dijo en un mensaje que divulgó ayer en su cuenta de Twitter”, asentó el semanario.
El pacto político había salido a la luz. Y en la pista jurídica también se hizo sentir. En los primeros días de marzo, Eduardo Rivera ganó, en una primera instancia, su juicio de amparo, pero el director Jurídico de Substanciación de la ASE presentó un recurso de revisión ante Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, el cual quedó asentado en el expediente RA/187/2018.
La primera acción que confirmó el pacto fue la decisión de los abogados de no dar seguimiento a una impugnación ante dicho tribunal de un “amparo para efectos” que fue otorgado a Rivera Pérez el 5 de marzo de ese año. Dicho acto jurídico consistía, entre otras cosas, impedir su inscripción en el Padrón Nacional de Servidores Públicos Inhabilitados, lo que impediría su registro como candidato a la alcaldía en la elección de ese año.
Leobardo Rodríguez advirtió esta maniobra, al señalar este domingo 14 de abril, a través de su cuenta X, que “la justicia federal jamás entró al fondo del asunto. @eduardorivera01 nunca demostró ‘no ser responsable de faltas administrativas’, simplemente operó caducidad por inactividad procesal, como se dice en el argot jurídico, después de llegar a acuerdos ‘lo dejaron morir’”.
Y así fue. Leobardo Rodríguez explicó que Eduardo Rivera solo obtuvo un salvoconducto para poder participar en la elección, pero al final, en todo el proceso de revisión, no presentó las pruebas para demostrar su inocencia.
La elección del 1 de julio de 2018 llegó con el resultado que todos conocemos: Eduardo Rivera fue aplastado por la maquinaria lopezobradorista, mientras que Martha Erika Alonso obtuvo un triunfo salpicado de denuncias de fraude electoral.
Con la derrota a cuestas y tras haber cumplido el pacto de participar en el proceso electoral para sumarle todos los votos posibles a Martha Erika Alonso, el 10 de agosto de 2018 fue informado por Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa el sobreseimiento del recurso de revisión presentado por la ASE debido a que tanto la ASE como sus abogados se desistieron de dicho procedimiento.
De acuerdo con Leobardo Rodríguez, la estrategia del morenovallismo fue mantener “amarrado” a Eduardo Rivera durante todo el proceso electoral y una vez que pasó la elección, al mes siguiente acudieron a desistirse del recurso de revisión.
¿Qué implicó el desistimiento? En la resolución se asienta, entre otras cosas, que “es una declaración de voluntad de la parte quejosa en el sentido de no proseguir o no continuar con el juicio constitucional… sin necesidad de que el órgano jurisdiccional entre a resolver sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad del acto reclamado o en su defecto el fondo de los agravios de la revisión”.
El sobreseimiento dejó firme la resolución del juzgado tercero de distrito y Eduardo Rivera no tuvo que demostrar la inocencia de su actuación la frente del Ayuntamiento de Puebla.