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viernes, noviembre 22, 2024

Van por penas a quienes avalen obras irregulares

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Para evitar tragedias humanas por asentamientos irregulares humanos en zonas de riesgo y cercanos a instalaciones eléctricas, el gobernador Miguel Barbosa Huerta envió un paquete de reformas para endurecer el procedimiento de construcción, y sancionar las omisiones de las autoridades por expedición de permisos.

El gobernador del estado envió una serie de reformas a la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable, la Ley del Sistema Estatal de Protección Civil y al Código Penal del Estado para prevenir estos siniestros.

La iniciativa contempla reformar el Código Penal local para considerar como un delito contra el orden del desarrollo urbano el hecho que los funcionarios públicos que “realicen actos u omisiones para alentar, autorizar, aprobar, otorgar, conceder y/o permitir la fundación de asentamientos humanos irregulares y/o en los derechos de vía de infraestructura energética, comunicaciones o zonas de riesgo donde exista la probabilidad de que se produzca un daño por considerarse no aptas para vivienda por los Planes de Desarrollo Urbano respectivos.

Para este tipo de delitos la pena va de 4 a 10 años de prisión, además de una multa de 180 a 500 Unidades de Medida, sin embargo, se plantea que ésta incremente hasta en una mitad cuando el asentamiento irregular se encuentre dentro de un área natural protegida o de preservación ecológica, por lo que la sanción podría ser de 6 a 15 años de cárcel.

Con esto se evitará que funcionarios municipales y estatales otorguen permisos como lo hicieron en administraciones pasadas para la construcción de complejos inmobiliarios en zonas de reserva, tal y como ocurrió en Flor del Bosque, zona que el gobierno de Barbosa Huerta consiguió que se hiciera la declaratoria de “Área Natural Protegida” por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

Para esto, la reforma plantea catalogar como asentamiento humano irregular: “Conglomerado de personas establecido para fines de vivienda, sin autorización, en un área físicamente localizada de restricción natural o artificial, riesgos o de amortiguamiento, cualquiera que sea su régimen de propiedad; al margen de las leyes, planes y programas de desarrollo urbano y ordenamiento ecológico; carente de los requerimientos mínimos de infraestructura, equipamiento y servicios básicos para su buen funcionamiento, con falta de certidumbre jurídica en la tenencia de la tierra”.

La reforma también establece que se prohíbe cualquier entrega de permisos por parte de funcionarios estatales o municipales en asentamientos irregulares que se encuentren en “derechos de vía de infraestructura energética, comunicaciones y zonas federales”.

Asimismo, se busca facultar al Sistema Estatal de Protección Civil para “vigilar” a los Ayuntamientos para no permitir la entrega de permisos de construcción en asentamientos irregulares, y, en caso de detectar algún tipo de asentamiento de este tipo, Protección Civil podrá notificar y denunciarlo ante las autoridades correspondientes para poder desalojarlos.

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