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jueves, enero 9, 2025

Jueces otorgan vinculación a proceso en seis de cada 10 carpetas de investigación

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Durante 2023, en el estado de Puebla, 6 de cada 10 decisiones tomadas por jueces de control resultaron en vinculaciones a proceso, mientras que solo uno de cada 10 casos se resolvió con una negativa a este procedimiento. En el 30 por ciento de los casos faltantes, el Poder Judicial omitió especificar el tipo de resolución, siendo esta un área de oportunidad para la justicia poblana.

Esta información se encuentra vertida en el estudio “Seguimiento y evaluación de la justicia penal en México”, elaborado por la Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID, por sus siglas en inglés), la Fundación Friedrich Naumann y México Evalúa.

El documento refiere que, en delitos cometidos en la entidad del fuero común, Puebla alcanzó una tasa de resolución judicial del 24.4 por ciento de las causas penales trabajadas durante el año.

Las formas de resolución en ilícitos del fuero común muestran un uso destacado de mecanismos alternativos, pues el 31.25 por ciento de los casos fueron resueltos a través de esta vía por la Fiscalía General del Estado (FGE), mientras que un 29.25 por ciento se resolvieron mediante acuerdos reparatorios, lo que reflejó una tendencia hacia la solución pacífica y expedita de conflictos en 6 de cada 10 casos en ese año.

Situación contraria ocurrió en el fuero federal, donde el 90.1 por ciento de las causas tratadas en el Centro de Justicia Penal Federal en Puebla se resolvieron mediante procedimientos abreviados, es decir, donde el imputado reconoce su responsabilidad en los hechos que se le imputan a cambio de una reducción en la pena que pudiera corresponderle, lo que implica que no se lleva a cabo un juicio oral completo.

Otros mecanismos como acuerdos reparatorios (2.8%) y suspensiones condicionales (2.5%) tuvieron menor frecuencia, mientras que sobreseimientos y sentencias absolutorias en juicio oral representaron menos del 1 por ciento.

Por otro lado, en el mismo año, las Unidades Estatales de Supervisión a Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso (Umecas) de Puebla, realizaron 7 mil 262 evaluaciones de riesgo con un equipo de 35 evaluadores, lo que implica un promedio de 207 evaluaciones por cada burócrata.

Este nivel de actividad posicionó al estado en el lugar 13 nacional en cuanto a carga laboral por evaluador, situándose Puebla solo unos peldaños arriba de la media.

Además, el documento refiere que 78.47 por ciento de las personas imputadas en la entidad fueron objeto de una evaluación de riesgo, lo que implica que las autoridades de justicia en Puebla determinaron en 8 de cada 10 casos el nivel de riesgo que cada persona imputada representó para la víctima o testigos, para el éxito de la investigación, o para su asistencia a lo largo del proceso.

ENTRE LA PRISIÓN PREVENTIVA Y JUSTIFICADA

En el fuero común, el 37.2 por ciento de los casos de personas procesadas por algún delito fueron acreedoras a prisión preventiva justificada tras ser denunciados, mientras que otro 35.70 por ciento obtuvo medidas cautelares, pero con la oportunidad de continuar su proceso en libertad, a través de medidas cautelares como firma periódica o prohibición de salir del país.

Además, un 27.12 por ciento fueron acreedores a prisión preventiva oficiosa, es decir, fueron encarcelados sin la necesidad de que se aportaran, a través de un juez, datos de prueba a la carpeta de investigación o sentencia al tratarse de delitos catalogados como graves.

Por otro lado, cuando se analizan solamente los casos por tipo prisión preventiva, el 57.57 por ciento corresponde a justificada, mientras que el 42.18 por ciento es oficiosa, este último método siendo el más recomendado por el extitular de la FGE, Gilberto Higuera Bernal, debido a que no se requiere de un juez para determinar si la persona debe ser apresada en primera instancia, evitando riesgos de fuga o decisiones arbitrarias de los jueces encargados de los casos.

En el análisis por forma de resolución de las causas penales, destaca que el 53.3 por ciento de los casos de prisión preventiva oficiosa se resolvieron mediante la suspensión condicional del proceso, es decir, las personas pudieron terminar su proceso penal sin ir a prisión.

Otro 19.7 por ciento de los casos fueron resueltos con una sentencia condenatoria en juicio oral, un 15.57 mediante un acuerdo reparatorio y 11.61 con procedimiento abreviado, este último que se refiere a un mecanismo alternativo al juicio oral, que permite al acusado aceptar ser juzgado con base en los datos de prueba recabados en la investigación, terminando así de forma anticipada el proceso.

Por otro lado, entre los casos de prisión preventiva justificada, en el cual el juez valoró las circunstancias del caso, el 71.26 por ciento se resolvió con la suspensión condicional del proceso, un 19.86 por ciento por acuerdo reparatorio, un 5.14 por ciento con procedimiento abreviado y solo un 3.74 con sentencia condenatoria por juicio oral.

Los anteriores datos pusieron en relieve que durante el año 2023 fue mayor el porcentaje de casos que concluyeron con una sentencia condenatoria por prisión preventiva oficiosa (19.7%) en relación con la prisión preventiva justificada (3.74%).

Según el estudio, la Constitución exige que ninguna persona se debe encontrar bajo prisión preventiva, ya sea preventiva u oficiosa, por un lapso mayor a dos años. En ese sentido, Puebla cumplió con este requisito, al no encontrarse ninguna persona detenida durante ese periodo de tiempo.

Sin embargo, no fue así con 20 entidades, que acumularon a 4 mil 742 personas bajo esta medida por un periodo mayor a 730 días desde el inicio de sus procesos, violando así la Constitución Mexicana.

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