La Fiscalía General del Estado (FGE) sí podría iniciar una investigación por los delitos que resulten de la grabación en la que la presidenta municipal de San Pedro Cholula, Paola Angón Silva, denunció la venta de candidaturas por parte del exdirigente estatal del PRI, Néstor Camarillo Medina.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una tesis aislada que establece que es suficiente su difusión en internet para que las grabaciones telefónicas que involucren a servidores públicos sean investigadas por la Fiscalía.
A fines de febrero, la publicación de un audio destapó un escándalo de corrupción al interior de la alianza Mejor Rumbo para Puebla por la presunta venta de candidaturas de Néstor Camarillo, candidato del PRI al Senado y exdirigente del PRI en Puebla.
El expresidente estatal del PRI habría vendido a la alcaldesa Paola Elizabeth Angón Silva una candidatura para buscar su reelección en el municipio, por un monto de 2.5 millones de pesos.
La grabación tiene la voz de la actual alcaldesa cholulteca cuando se queja por el incumplimiento de Camarillo Medina y la serie de acciones que tomaría para perjudicar la campaña de Roxana Luna Porquillo, a quien el candidato a la gubernatura de la oposición, Eduardo Rivera Pérez, pretende imponer.
En otra parte del audio, la alcaldesa panista anuncia a su interlocutor que tomará acciones contra el dirigente estatal del PRI y perjudicar la campaña de Roxana Luna, a quien no menciona por su nombre, pero queda clara la referencia a la presidenta del Consejo Nacional del PRD.
De acuerdo con la tesis IX.P. 14P onceava época publicada en el Semanario Judicial de la Federación (SJF) con el registro 2028431, la autoridad puede iniciar investigaciones solo con el hecho de que se hayan difundido en internet.
“Grabaciones telefónicas que involucran a personas servidoras públicas en hechos con apariencia de delito. Su difusión en internet es suficiente para que la Fiscalía realice los actos de investigación respectivos, con independencia del modo en que se obtuvieron”, señala la tesis tipo aislada.
Esta tesis derivó de un caso en el que un juez de control autorizó que se tomara la muestra de voz de un servidor público, en este caso imputado de un delito, para confrontarla con una grabación telefónica difundida en medios de comunicación digitales y en redes sociales, en la que aparentemente reconocía su participación en los hechos.
A criterio del Tribunal Colegiado de Circuito se determinó que la difusión en internet es suficiente para investigar hechos con apariencia de delito, además se consideró que las denuncias en foros públicos pueden servir de base para actos de investigación de la autoridad.
Lo anterior, “si se toma en cuenta que los funcionarios públicos (sic) están sujetos a un mayor escrutinio atendiendo a la proyección pública de su cargo”, señala la publicación que derivó del amparo en revisión 211/2023 votado por unanimidad.