Por mayoría de votos, el Congreso de Puebla aprobó reformas para prevenir la contaminación visual y auditiva, además de castigar hasta con 10 años de prisión la colocación irregular de anuncios espectaculares en la entidad.
Con reclamos del Partido Acción Nacional, los diputados locales aprobaron por 34 votos a favor y tres abstenciones, las minutas de decreto de las iniciativas enviadas por el gobernador Miguel Barbosa Huerta.
Los diputados Eduardo Alcántara Montiel y Mónica Rodríguez Della Vecchia consideraron como un exceso la imposición de sanciones por el exceder el límite de decibeles.
La legisladora panista acusó que la iniciativa para la Ley de Atención y Prevención de la Contaminación Visual y Auditiva no se condensó con todos los grupos políticos al interior del Congreso.
Sostuvo que la bancada realizó propuestas de modificación a la propuesta del mandatario estatal, en la que consideró que había excesos en las sanciones y prohibiciones en contra de los ciudadanos.
En respuesta, el presidente de la Comisión de Medio Ambiente, Jaime Natale Uranga, corrigió a la diputada panista al señalar que la iniciativa fue estudiada a fondo por todos los integrantes de las comisiones que la dictaminaron.
Enfatizó que se realizaron mesas de trabajo con funcionarios de la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial y de la Consejería Jurídica para revisar la propuesta y realizar las modificaciones que se plantearon por todos los legisladores.
“No es posible argumentar que no existió tiempo suficiente, más bien lo que no existió fue interés. Y para puntualizar, si hay sanción administrativa de 36 horas de arresto a quien viole los decibeles de contaminación auditiva, y es un mes de los 12 meses que los dueños de espectaculares y todos los anuncios fijos tendrán que tener una campaña para concientizar sobre el beneficio del medio ambiente”, expuso el diputado del Partido Verde Ecologista de México.
La reforma al Código Penal del Estado establece de 2 a 10 años de cárcel y multas de 2 mil 886 a 481 mil pesos para quienes ocasionen un daño ambiental o desequilibrio ecológico; y encomiende, encargue o solicite, la construcción, instalación o colocación de estructuras de anuncios o publicidad en áreas verdes urbanas de jurisdicción estatal o municipal sin contar con la licencia, permiso o autorización de las autoridades.
En tanto, la nueva ley propone multas de 20 a 20 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), entre mil 924 y un millón 924 mil 400 pesos; arresto administrativo hasta por 36 horas; revocación de concesiones, cancelación de autorizaciones, permisos o licencias para publicidad y retiro de las estructuras de anuncios, retiro de la circulación de fuentes móviles; clausura temporal a definitiva, parcial o total de espacios o establecimientos, y la reparación del daño ambiental provocado.
CASTIGO A LOS CONTAMINADORES
La reforma al Código Penal del Estado establece:
- De 2 a 10 años de cárcel y multas de 2 mil 886 a 481 mil pesos para quienes ocasionen un daño ambiental o desequilibrio ecológico; y encomiende, encargue o solicite, la construcción, instalación o colocación de estructuras de anuncios o publicidad en áreas verdes urbanas de jurisdicción estatal o municipal sin contar con la licencia, permiso o autorización de las autoridades.
La Ley de Atención y Prevención de la Contaminación Visual y Auditiva plantea:
- Multas de 20 a 20 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), entre mil 924 y un millón 924 mil 400 pesos.
- Arresto administrativo hasta por 36 horas.
- Revocación de concesiones, cancelación de autorizaciones, permisos o licencias para publicidad y retiro de las estructuras de anuncios, retiro de la circulación de fuentes móviles.
- Clausura temporal a definitiva, parcial o total de espacios o establecimientos.
- Reparación del daño ambiental provocado.