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viernes, abril 19, 2024

Los efectos de la nacionalidad en el derecho internacional

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Con la colaboración de Ania Morales 

 

Cuando se habla de la nacionalidad, estamos en presencia de uno de los conceptos que mayor contenido jurídico envuelve. Algo que parece sumamente simple y sencillo contiene un conjunto de elementos que, por su propio contenido, de simples se convierten en complejos. 

La nacionalidad es el vínculo entre un sujeto y un Estado determinado. Este vínculo está compuesto por toda una serie de derechos y obligaciones recíprocos entre quien da la nacionalidad, y quien recibe la nacionalidad y viceversa. En México este concepto jurídico y sociológico ha ido evolucionando y se reconoce en nuestra propia Constitución, en donde se indica en su artículo 30, en sus apartados A y B, respectivamente, las dos formas en que se adquiere la nacionalidad mexicana que, a groso modo, es por ser hijos de padre o madre mexicana o por nacer en territorio mexicano o por naturalización. Se mencionó que esta situación jurídica ha ido evolucionando porque en México se reconoce a nivel constitucional, en el artículo 32, el que otro país nos otorgue o reconozca su nacionalidad y, por lo tanto, una persona pueda ser binacional, lo que antes no existía. 

Esta situación jurídica es una realidad, sobre todo por ese alto número migratorio hacia el país vecino del norte y, además, por el establecimiento permanente de connacionales en los Estados Unidos de Norteamérica, en donde, a través de muchos años, un número considerable de mexicanos se ha establecido y, por situaciones de hecho y de derecho, han adquirido también la nacionalidad de ese país, tema que en otra ocasión tendremos la oportunidad de escribir, pues es bastante interesante que a la fecha México y Estados Unidos de Norteamérica no cuenten con un tratado relativo a la nacionalidad. 

Ahora bien, la nacionalidad como tal crea de inmediato una serie de efectos que son regulados por cada uno de los Estados que la otorga o la reconoce, principalmente a través de sus propias constituciones. 

Pareciera que es sencillo, pero los efectos de la nacionalidad también se producen fuera del Estado en donde se obtiene. En efecto, la nacionalidad produce consecuencias en otro Estado desde el momento en que una persona ingresa a otro Estado distinto al que se la otorgó o reconoció, y así sencillamente se convierte en extranjero y el trato por esa situación es distinto al de un nacional del Estado al que ingresa. 

En el Derecho Internacional, la nacionalidad surte efectos, o mejor dicho crea efectos desde el momento en que ésta es alcanzada por consecuencias que se desarrollan en el ámbito del sistema jurídico internacional. 

Para comprender mejor, basta con recordar la sentencia del asunto NOTTEBOHM, quien era un nativo alemán que se estableció en Guatemala, en donde poseía considerables bienes. En la víspera de la Segunda Guerra Mundial obtuvo la nacionalidad de Liechtenstein para evitar ser alcanzado por las consecuencias de un decreto en Guatemala contra toda persona de nacionalidad alemana. 

Habiendo sido embargados sus bienes, porque en su calidad de alemán era considerado un enemigo para Guatemala, consiguió que Liechtenstein defendiera sus intereses ante el país que afectaba a los mismos, caso que llegó hasta la Corte Internacional de Justicia. 

La Corte Internacional de Justicia dio la razón a Guatemala, al determinar que los efectos que produce la nacionalidad en el Derecho Internacional deben de ser que la nacionalidad exprese un lazo efectivo entre el Estado que lo otorga y el sujeto que la adquiere, acreditándose el lazo de efectividad con la solidaridad que deben existir entre el Estado que otorga la nacionalidad y el sujeto que la recibe. 

Lo anterior se narra porque en este momento las consecuencias que implican el gozar de la nacionalidad rusa son alcanzados por toda una serie de sanciones drásticas en materia económica, principalmente. En efecto, el conflicto bélico entre Rusia contra Ucrania ha provocado una guerra económica contra toda Rusia y sus nacionales, produciéndose sanciones que alcanzan a los nacionales de esa nación y a toda esa oligarquía por la que se ha caracterizado este país. 

Estas sanciones son aplicadas por diversos países, que van desde Estados Unidos, congelando cuentas; hasta el Reino Unido, prohibiendo visitar el país y aplicando también sanciones económicas, alcanzando incluso el mundo deportivo, al prohibir la participación de nacionales rusos; y también al congelar activos, sobre todo de una clase ligada al presidente Vladimir Putin y personas de nacionalidad rusa que desarrollan actividades potenciales en diferentes sectores. 

Todos estos nacionales rusos están siendo alcanzados por las sanciones económicas impuestas, y por sanciones que limitan la participación en la globalización económica, esto con motivo de la invasión militar ilógica y sin razón que se vive hoy en Ucrania. 

El lazo de efectividad es a todas luces acreditable y, por tanto, escapar de los efectos de las sanciones es imposible para dichos sujetos que gozan de la nacionalidad rusa. 

Mientras permanezca esta lógica de inquietud y pesimismo que se vive en Europa, este continente debe prepararse para cualquier situación, puesto que la guerra permea y amenaza la democracia y los valores de esa zona geográfica, mismos que pueden afectar a otras regiones del mundo. 

Debemos tomar en cuenta que los efectos de la nacionalidad empiezan a tener consecuencias para los nacionales rusos, pero también debemos de considerar que éstas, de igual manera, pueden afectar otro tipo de situaciones que den lugar a desequilibrios graves en la economía. 

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