En una reunión a puerta cerrada, se presentó a los diputados del Congreso de Puebla una propuesta para modificar el artículo 480 del Código Penal que tipifica el ciberasedio, tras la polémica que causó el nuevo delito.
El proyecto de iniciativa será discutido y votado antes del 15 de julio, cuando concluye el periodo ordinario de sesiones, a fin de descartar algún riesgo a la libertad de expresión por su redacción.
La propuesta realizada por la Dirección Jurídica señala que el delito de ciberasedio ocurre cuando alguien realiza actos de “contacto, vigilancia, hostigamiento o investigación”.
Lo anterior, con el fin de “alterar gravemente su vida, perturbar su reputación o dañar y menoscabar su integridad física o emocional”.
El ataque debe ser a través de las tecnologías de la información o comunicación, así como cualquier espacio digital, de forma “reiterada o sistemática”.
El proyecto señala que el delito de ciberasedio no incluye las expresiones emitidas “en el ejercicio de libertad de expresión en términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales en materia y demás disposiciones aplicables”.
Tampoco aplica a los mensajes relacionados con “la denuncia pública o la expresión de hechos de interés público”.
La persona juzgadora “deberá considerar el contexto, la frecuencia de los actos, los medios empleados y el impacto causado” para determinar la existencia de delito.
El ciberasedio será perseguido de oficio, en caso de que la víctima sea menor de edad o esté impedida para proceder.
En entrevista tras la reunión, la presidenta de la Junta de Gobierno, Laura Artemisa García Chávez, señaló que esta es una propuesta inicial sujeta a cambios.
Indicó que se reunirá con las distintas bancadas a fin de enriquecer el proyecto de iniciativa, para que haya un consenso.
El límite para aprobar las reformas al polémico artículo 480 es el 15 de julio, cuando concluye el periodo ordinario de sesiones del Congreso poblano.