25 C
Puebla
viernes, julio 26, 2024

Más de 200 mil pesos de multa, a quien viole la Ley Seca; gobierno emite decreto

Más leídas

Una multa de hasta 217 mil 149 pesos contempla la llamada “Ley Seca” para quien infrinja la prohibición de la venta de bebidas alcohólicas, disposición que aplica a partir del primer minuto de este sábado y concluye hasta el último minuto del domingo con motivo de la jornada electoral.

Lo anterior según el decreto que publicó el gobierno del estado en el Periódico Oficial del Estado, a través del cual se restringe la comercialización, enajenación y consumo de bebidas alcohólicas en todo el estado durante 48 horas.

De acuerdo con el artículo 300 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, las autoridades competentes podrán establecer medidas para limitar el horario de servicio de los establecimientos en que se sirvan o expendan bebidas embriagantes.

En ese tenor, la administración estatal emitió dicha disposición para este tipo de establecimientos en el estado, suspendiendo la venta de bebidas alcohólicas, entre las 00:00 horas de este sábado 1 de junio y hasta las 00:00 horas del lunes 3 del mismo mes.

Los establecimientos que tendrán que acatar esta disposición son misceláneas o ultramarinos con venta de cerveza y bebidas refrescantes con una graduación alcohólica de 6° grados en envase cerrado, así como en botella cerrada.

Así como los depósitos de cerveza, bodega de abarrotes y bebidas alcohólicas en botella cerrada, baños públicos con venta de cerveza en botella abierta, billares con venta de bebidas alcohólicas en botella abierta, pulquerías, vinaterías, boliche con venta de cerveza y bebidas refrescantes con una graduación alcohólica de 6 grados en envase abierto.

Además de centros botaneros, restaurantes bar, salón social con venta de bebidas alcohólicas, hotel, motel, auto hotel y hostal con servicio de restaurante bar, clubes de servicio, sociales y deportivos y los negocios dedicados a la destilación, envasadora y bodega de bebidas alcohólicas.

De igual forma, estará prohibido para las tiendas de autoservicio o departamental con venta de bebidas alcohólicas en botella cerrada, bares, discotecas, cabarets, y los que se dedican a los alimentos en general con venta de cerveza en botella abierta.

También aplicará para los salones de espectáculos públicos con venta de bebidas alcohólicas y centros de entretenimiento con venta de alimentos y bebidas alcohólicas.

Las autoridades competentes a nivel estatal y municipal se encargarán de vigilar el cumplimiento de estas disposiciones, en el ámbito de sus facultades y competencias.

Quienes no cumplan con dichas disposiciones, serán acreedores a sanciones, como lo marcan los artículos 391 fracción IV y 398 fracción IV del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla (Coipeep).

En caso de reincidencia, podrán ser acreedores a multa de hasta 2 mil días del Valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, que actualmente es de 108.57 pesos, por lo que la multa puede llegar hasta los 217 mil 140 pesos.

Más artículos

Últimas noticias

PHP Code Snippets Powered By : XYZScripts.com