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sábado, julio 12, 2025

El Congreso de Puebla reforma el delito de ciberasedio

El Congreso de Puebla aprobó modificar el artículo 480 del Código Penal referente al delito de ciberasedio, para excluir las críticas a funcionarios públicos y reducir las penas.

Este jueves, la iniciativa firmada por la Junta de Gobierno fue presentada, votada en comisiones y discutida en el pleno en un proceso que se extendió más de tres horas.

Morena y sus aliados impusieron su mayoría con 34 votos a favor, mientras que en contra votaron los cinco diputados del PAN y la representación legislativa del PRI, Delfina Pozos Vergara. La legisladora de Movimiento Ciudadano, Fedrha Suriano Corrales, votó en abstención.

En la discusión, los panistas acusaron “vicios de inconstitucionalidad” y pidieron que no se consideren ciberasedio las denuncias públicas, además de que reprocharon la rapidez con la que se aprobó el asunto.

En defensa del dictamen se manifestó la presidenta del Congreso y coordinadora de la mayoría morenista, Laura Artemisa García Chávez, quien señaló que la ley fue consultada con la mayoría de diputados.

Señaló que se modificaron los verbos rectores del delito para que el juzgador tenga claridad y que antes de imponer una pena deberá acreditar la afectación por el ciberasedio.

Incluso, el Congreso de Puebla añadió una cláusula de exclusión para establecer que no se castigará la crítica al gobierno ni las expresiones realizadas en el legítimo derecho de la libertad de expresión.

En respuesta a la oposición, García Chávez señaló que en su momento los panistas apoyaron reformas del exgobernador Rafael Moreno Valle Rosas y callaron ante el endeudamiento del estado.

La morenista reprochó el retiro de los registros civiles a juntas auxiliares y la tipificación del delito de “daño moral”, y reviró a los panistas:

“En ese momento ¿dónde estaban las voces críticas y defensores del interés de las y los poblanos?”

“¿Ustedes piensan que acaso en los regímenes anteriores hubo diálogo y apertura cuándo se retiró de las juntas auxiliares el servicio de registro y se aprobó una Ley Bala y se agredió a la población de Chalchihuapan, que resultó en la muerte de un menor? ¿Se consultó acaso a la ciudadanía o se corrigió la hipoteca de nuestro estado por miles de millones de pesos con obras ostentosas, como la construcción del CIS y el Museo Barroco?”


Así queda la redacción del ciberasedio

“Comete el delito de ciberasedio quien, a través de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital, de forma reiterada o sistemática realice actos de vigilancia, hostigamiento, intimidación y ofensa a otra persona y, como consecuencia, altere su vida cotidiana, perturbe su privacidad o dañe su integridad física y emocional.

Para determinar la existencia del delito, la autoridad deberá considerar el contexto de los hechos.

Se perseguirá a petición de parte, salvo que la víctima sea niña, niño o adolescente, persona con discapacidad, o exista una relación de autoridad o subordinación, en cuyo caso será perseguible de oficio.

Quedan excluidas del presente artículo las manifestaciones o críticas orientadas a satisfacer un interés público, garantizar el desarrollo económico o aquellas que impliquen el escrutinio de cualquier órgano del Estado o persona servidora pública, así como todas aquellas expresiones emitidas en el ejercicio legítimo de la libertad de expresión.”

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