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jueves, noviembre 21, 2024

Comisión aprueba dictamen para limitar el horario de operación de bares

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El Congreso del Estado aprobó reformas para limitar la operación de antros y bares hasta las 02:30 horas, y hasta nueve años de cárcel por venta de alcohol a menores de edad y obligación a las empresas de seguridad para la instalación de circuitos cerrados de videocámaras forman parte de las nuevas reglas que impondrá el gobierno del estado a los antros y bares de Puebla.

Las comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales, Procuración y Administración de Justicia, y de Seguridad aprobaron el proyecto de dictamen de las reformas enviadas por el gobernador Sergio Salomón Céspedes Peregrina, con el fin de limitar la operación irregular de centros nocturnos en Puebla, además de que estos cuenten con circuitos cerrados de seguridad y videovigilancia.

El dictamen establece en el Código Penal del Estado multas de 10 mil 374 hasta los 103 mil 740 pesos, y sanciones de seis meses a seis años de cárcel a quien venda, distribuya, suministre bebidas alcohólicas sin licencia ni permisos establecidos en la Ley para la Venta de Bebidas Alcohólicas del Estado.

Además, cuando la venta de bebidas alcohólicas sea para menores de edad o las bebidas se encuentren adulteradas la sanción incrementaría hasta una mitad, por lo que la sanción máxima alcanzaría hasta 9 años de prisión.

También se modifica la Ley de Venta de Bebidas Alcohólicas del Estado para establecer que “bajo ningún supuesto, los establecimientos específicos y los no específicos, podrán operar, permanecer abiertos o permitir la permanencia o el ingreso de personas o comensales después de las 02:30 horas”, restringiendo además el horario de venta de bebidas de los centros nocturnos hasta las 02:00 horas.

La reforma también obliga a los responsables de los establecimientos a contribuir con la información, documentos y, en su caso, archivos digitales de las cámaras de vigilancia que les sean requeridos por la Seguridad Pública, la Fiscalía General del Estado o por cualquier otra autoridad competente en el ejercicio de sus funciones.

La seguridad de estos establecimientos estará a cargo de elementos contratados a prestadores de servicios; contar con circuito cerrado de televisión, cámaras instaladas en el interior y exterior que eviten al máximo la existencia de puntos ciegos y el respaldo de la grabación con una vigencia mínima de 30 días naturales.

Estará permitido el acceso a estos lugares al personal de Seguridad Pública o elementos de la Fiscalía General del Estado cuando así lo soliciten; entregar la información y archivos digitales de las cámaras de vigilancia de manera pronta y expedita cuando les sea requerido por dicho personal.

Durante la discusión, el presidente de la Comisión de Gobernación, Eduardo Alcántara Montiel, expuso que estas reformas obligan a los municipios a establecer los giros que van a regular y evitar las licencias o permisos temporales; además de que se tendrán que reforzar las acciones de vigilancia al contar con videograbaciones y elementos de seguridad capacitados para llevar a cabo sus funciones.

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