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jueves, noviembre 21, 2024

Amplía SAT el plazo para declaración anual al 1 de abril

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En un esfuerzo por facilitar el proceso de declaración anual de personas morales de 2023, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció una extensión en la fecha límite hasta el 1 de abril por única ocasión, toda vez que el 31 de marzo será día inhábil, de esta manera, los contribuyentes tendrán más tiempo para cumplir con sus obligaciones fiscales y evitar posibles sanciones.

María Elizabet Ortega, administradora Desconcentrada de Servicios al Contribuyente del SAT, informó que, como parte de esta iniciativa, se ampliarán los horarios de atención en los dos modelos ubicados en la ciudad de Puebla, uno en la Recta a Cholula y el otro en la Reserva Territorial Atlixcáyotl, que ofrecerán servicios extendidos para garantizar una mayor accesibilidad a los contribuyentes.

Especificó que las oficinas del SAT brindarán atención en un horario de 9:00 a 16:00 horas y viernes de 8:30 a 15:00 horas. No obstante, con motivo de la declaración anual, el horario ampliado será de 8:30 a 18:00 horas del 22, 25, 26 al 27 de marzo, así como el 1 de abril, último día para desahogar el trámite 

El SAT también implementó algunas mejoras para hacer este trámite, por ejemplo, el formulario ahora permitirá agregar pérdidas fiscales por amortizar que no estén visibles, provenientes de declaraciones de los ejercicios 2013 a 2021. 

También se incluye la primera y segunda actualización de la pérdida fiscal por amortizar, en caso de haberse generado en el ejercicio inmediato anterior, mientras que la obligación de presentar los estados financieros “Estado de Flujo de Efectivo” y “Estado de Cambios en el Capital Contable” ha sido eliminada. 

La información de los estados financieros presentados en el ejercicio inmediato anterior será precargada, simplificando el proceso de declaración, mientras que se añade la deducción inmediata de inversión prevista en el Decreto Relocalización, así como beneficios fiscales para contribuyentes de zonas afectadas por el Huracán Otis. 

El formato de impresión también ha sido reducido para facilitar la identificación de algunas deducciones aplicadas y en su lugar, se introdujo un nuevo formato de estados financieros que dará mayor certeza al visualizar los datos del contribuyente en la declaración. 

Para llevar a cabo la presentación de la declaración, anunciaron que es necesario contar con la firma electrónica (e.firma) y estar al corriente con las declaraciones de pagos provisionales. 

También deberán contar con declaraciones anuales del impuesto sobre la renta (ISR) de ejercicios anteriores, así como declaraciones de retenciones de pagos realizados por arrendamiento, honorarios, RESICO de personas físicas, sueldos y salarios, asimilados y dividendos. 

Expusieron que las personas morales deben utilizar los formularios correspondientes a su régimen, y es esencial cumplir con requisitos como contar con RFC y e.firma vigente, así como tener información detallada de ingresos, deducciones, impuestos retenidos, pagos provisionales, entre otros. 

El SAT también ofrece un servicio de orientación, al número telefónico 5562722728, chat en el portal de internet, o siguiendo los tutoriales que se han difundido en redes sociales como Youtube, X y Facebook. 

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