Publicado originalmente por Elena San José en El País, compartimos este reportaje por su relevancia e interés periodístico:
El Pleno aprueba una disposición transitoria en la nueva norma que no estaba en la iniciativa de Sheinbaum y que ordena juzgar asuntos anteriores conforme a la nueva legislación.
La presidenta de México, Claudia Sheinbaum, ha rechazado la retroactividad que este miércoles por la noche se introdujo in extremis en el dictamen sobre la reforma a la ley de amparo que discutió y aprobó el Senado con 76 votos a favor y 39 en contra. La disposición transitoria que conmina a juzgar asuntos que ya están en los tribunales conforma a la nueva legislación no estaba en la iniciativa presidencial y tampoco en el dictamen que las comisiones conjuntas de Justicia, Estudios legislativos y Hacienda llevaron a la Cámara Alta. Fue el senador morenista Manuel Huerta quien la introdujo a través de una reserva en el pleno. Preguntada por ello esta mañana durante su conferencia matutina, la mandataria se ha mostrado contundente: “Hay que respetar la Constitución, que establece claramente que no debe haber retroactividad”. “Tendría que cambiarse la Constitución, pero en las leyes no puede haber retroactividad, eso es lo primero”, ha expresado antes de afirmar que va “a ver exactamente por qué incorporaron este transitorio” que, según ha asegurado, “no era necesario”.
La reforma había nacido plagada de polémicas desde su concepción, pero ninguna había escalado la preocupación de los expertos como la introducción de esta disposición que contradice expresamente el artículo 14 de la Carta magna. Ese apartado establece que “a ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna”, es decir, solo se puede aplicar una ley nueva a un asunto anterior cuando se hace en beneficio de la persona juzgada, nunca a la inversa. La introducción en el Senado de este punto abre un debate nuevo a los que se venían arrastrando desde que se conoció la iniciativa el 15 de septiembre, y deja en manos de la Cámara de Diputados la responsabilidad de corregir esta contradicción que afecta al corazón de la seguridad jurídica.