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martes, abril 1, 2025

Democracia y derechos humanos

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El 10 diciembre de 1945, fue aprobada por las Naciones Unidas (ONU), la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en esa época muchos de los estados miembros no tenían sistemas democráticos, por lo tanto, el término democracia no se incluyó en el texto, sin embargo, en la Carta de las Naciones Unidad, podemos encontrar como frase principal: “Nosotros los Pueblos”, lo que refleja el principio fundamental democrático de que la voluntad del pueblo es la fuente de la legitimidad de los Estados soberanos.

Por otra parte, el artículo 21 de la Declaración establece: “Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos”, de ahí que los derechos humanos y la democracia estén íntimamente relacionados.

En efecto, la democracia debería ser el medio natural para el desarrollo de los derechos humanos, sin embargo ¿es posible elegir libremente a los gobernantes en una sociedad dividida por altos índices de desigualdad, rodeada de violencia y sumida en la apatía?

En 2025 se llevará a cabo, por primera vez en la historia de México, una lección extraordinaria para elegir 881 personas juzgadoras, pero, elegir de forma libre exige que las y los votantes conozcan y contrasten entre 2 mil 112 candidaturas aproximadamente.

La mayor parte de las personas en edad de votar en México, emplea su tiempo entre trabajar, trasladarse y sus obligaciones familiares, otro tanto, en especial las personas jóvenes no están en nada interesadas en la política y mucho menos en quienes serán los próximos juzgadores.

Por otro lado, en estados como Chipas y Sinaloa los votantes tienen todas sus energías puestas en recuperar la paz y evitar ser víctimas de la violencia que los invade, por lo tanto, elegir a sus próximos jueces y magistrados es, naturalmente, lo último en que pensar.

Así, podríamos tener miles de ejemplos de por qué no es una prioridad para las y los mexicanos intervenir adecuadamente en la elección de personas juzgadoras.

Ante este panorama, se vislumbra que apenas 50 por ciento del padrón electoral (por sonar optimistas) acuda a las urnas a votar en la elección judicial, con ese porcentaje ¿podría considerarse consagrado el derecho humano a elegir libremente? Lo dudo en verdad, pues una elección libre, de cualquier índole, implica estar plenamente informado.

En teoría la democracia y los derechos humanos esta intrínsecamente ligados, pero en la práctica, el escenario es totalmente distinto, sobre todo ante una elección tan compleja como la judicial y en una sociedad donde los problemas cotidianos hacen de elegir de forma libre e informada a una persona juzgadora el tema menos importante.

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