El pleito jurídico entre el empresario José Layón Aarún y los hijos del exgobernador José Antonio Gali Fayad por un contrato de arrendamiento de un predio en la exclusiva zona de Angelópolis que el Tío Tony se agandalló haciéndose pasar como ejidatario de Santa María Tonanzintla, ha tomado un giro interesante debido a que hay indicios de que desde el Poder Judicial y el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Puebla existen un concierto de complicidades para beneficiar a los juniors del papá “que aprieta botones”. Recordemos: El quintacolumnista Mario Alberto Mejía reveló la trama en que Tony Gali Junior le exigió al empresario la devolución del inmueble que le rentó hace tiempo valiéndose de una sarta argumentos que no están incluidos en el contrato de arrendamiento. El principal: Que no podía construir otra cosa que no fueran agencias automotrices, como fue el origen primario del contrato. Una de las cláusulas del acuerdo establece que el arrendatario puede utilizar ese espacio para otro giro en caso de que desaparecieran las concesionarias. Así ocurrió con la pandemia y Layón Aarún inició la construcción de una plaza comercial, pero el juez Primero de lo Civil de Puebla, Helmo Mayoral Bello, falló a favor de la familia del exgobernador, ordenando suspender las obras que están a punto de concluir. El juicio escaló a las instancias federales que terminaron por darle la razón a José Layún, pero es justo ahí donde comenzaron las chicanadas. En el Tribunal Superior de Justicia se cobijó a la familia del exgobernador, mientras que el junior del papá “que aprieta botones” recurrió al Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Puebla (TJAEP) para echar abajo una minucia, pero que puede cargar todo a favor de los Gali López: Una denuncia en contra del Ayuntamiento de San Andrés Cholula por haber expedido las licencias de funcionamiento y demás permisos necesarios a favor de José Layón. El caso fue atendido por la Segunda Sala Unitaria, encabezada por el magistrado David Paz Moreno, quien a través de su secretario de acuerdos comenzó una auténtica campaña de acoso en contra de la Sindicatura Municipal, encabezada por María Feliciano Jaramillo, a quien amenazaron con meterla a la cárcel sino se ajustaba a su exigencia. La abogada cholulteca les advirtió que eso era imposible porque incluso están demandando actos consumados, una aberración jurídica. Al final, no faltó el consabido: “Si no lo haces, atente a las consecuencias porque nosotros nos debemos a Tony Gali”. El objetivo de esa presión es que se echen abajo los permisos municipales – otorgados correctamente- y así los Gali tengan la posibilidad de comprobar que el empresario hizo todo de manera irregular, causal para echar abajo el contrato. El gran problema es que en dicho documento la cláusula novena sobre las restricciones de uso, en las que “el arrendatario conviene y se obliga a cumplir con las siguientes restricciones”. En el inciso 3 se asienta: “Obtendrá las licencias, permisos y autorizaciones que se requieran para el adecuado funcionamiento y operación de la empresa que operará en el ‘Predio Arrendado’, en especial con la licencia de funcionamiento”. El inciso 4: “Cumplirá con todas las leyes, reglamentos, permisos, autorizaciones y demás disposiciones de autoridad que rija la apertura, uso, funcionamiento y operación de la empresa que operará el ‘Predio Arrendado’”. Más claro ni el agua. Así pues, lo que se pretende hacer desde la Segunda Sala Unitaria del TJAEP es apoyar a los Gali para que se caiga cualquier traba y cumplan su cometido: despojar al empresario, tener una construcción casi lista y torcer la ley a modo. Es el último eslabón al que se tienen atenidos los hijos del “papa que aprieta botones”. ¿Qué otra objeción puede haber si el mismo Ayuntamiento de San Andrés Cholula valida que actuó mal otorgando los permisos correspondientes? Eso es justo lo que se busca. Que otro sea el que arregle el entuerto y la línea más delgada creen que es la Comuna cholulteca, pero se toparon con pared por el alcalde Edmundo Tlatehui Percino no se está dejando intimidar por los poderosos del pasado. Su principal justificación, aparte de que se niegan a violar la ley, es que la obra en disputa genera mil 500 empleos directos y 5 mil indirectos, los cuales se perderían de un plumazo de cumplirse las presiones del magistrado David Paz. No es sorprendente el actuar de los integrantes del TJAEP. Salvo una magistrada, el resto son peones del exgobernador, comenzando por la presidenta Lourdes Dib y Álvarez.
Derecho de Réplica Magistrado David Paz Moreno
Puebla, Puebla, a 07 de octubre de 2022
Señor Director General Mario Alberto Mejía:
Atentamente le manifiesto que, como es de su conocimiento, el libre ejercicio del periodismo, el derecho a la información y la libertad de expresión, se encuentran siempre condicionados a conducirse dentro de los límites de ese libre ejercicio para hacer del conocimiento un hecho de interés general, que enriquezca la convivencia y la participación democrática.
No obstante, ante las imprecisiones contenidas en la nota periodística publicada en la página ocho, sección denominada “MACHETITOS” correspondiente al medio informativo escrito y digital “Hipócrita Lector” de fecha viernes 07 de octubre de 2022, le comento los siguientes puntos:
1.- La Segunda Sala Unitaria del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Puebla de la cual soy Titular, así como los colaboradores que la integramos, desempeñamos nuestra labor de administración e impartición de justicia de manera imparcial y profesional siempre apegada a derecho y compromiso social; por lo que me deslindo de cualquier señalamiento mediático en el sentido de favorecer a alguna de las partes contendientes en el juicio contencioso administrativo a que su medio informativo alude.
2.- Deslindo al personal jurisdiccional adscrito a la Segunda Sala Unitaria de este Tribunal de cualquier señalamiento mediático que implique amenazas a cualquiera de las partes contendientes y reitero de manera contundente que dichos señalamientos son falsos y en todo caso, la aplicación de las medidas de apremio de las que se encuentra investida la autoridad jurisdiccional para hacer cumplir sus determinaciones, se encuentran contempladas en el artículo 11 de la Ley del Procedimiento Contencioso Administrativo del Estado de Puebla
3.- El juicio contencioso administrativo de trato, implica una demanda mediante la cual fue impugnado un acto administrativo dictado por la autoridad demandada, que lo es el Honorable Ayuntamiento del Municipio de San Andrés, Cholula, Puebla; ello a fin de determinar su confirmación y/o nulidad, situación que tendrá que establecerse debidamente fundada y motivada en la legislación vigente, de manera imparcial y “previo el estudio y análisis técnico jurídico de lo impugnado”, razón por la cual, el litigio se encuentra desahogándose dentro de sus etapas procesales que la Ley del Procedimiento Contencioso Administrativo del Estado de Puebla establece, no habiéndose dictado sentencia definitiva, por no haberse agotado aún las etapas procesales correspondientes.
4.- Desde este momento reitero mi compromiso con la imparcialidad, legalidad y el respeto al estado de derecho, de la misma manera manifiesto el respeto al derecho a la información y la libertad de expresión condicionados siempre dentro de los límites de ese libre ejercicio del periodismo.
ATENTAMENTE
MAGISTRADO DAVID PAZ MORENO, TITULAR DE LA SEGUNDA SALA UNITARIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DE PUEBLA.