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lunes, abril 29, 2024

Buscan que geolocalización sea considerada violencia digital

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Staff HL  

Con la finalidad de considerar dentro de la violencia digital, la coacción directa o indirecta para obtener y vigilar la geolocalización de una mujer, la diputada Karla Rodríguez Palacios presentó una iniciativa para adicionar el artículo 23 Bis 1 a la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla. 

En las consideraciones de la iniciativa, se señala que, con la existencia de nuevas tecnologías de la información y la comunicación, estas manifestaciones de violencia se llegan a expandir, al grado de querer poseer o dominar, en todo el tiempo, o en la mayor parte del mismo las acciones que desarrollan las mujeres en su día a día, por lo que los agresores buscan la forma de controlar lo que hacen, a dónde van y con quién están. 

“Una forma de llevar a cabo esto es a través de la geolocalización, la cual es una herramienta tecnológica desarrollada para conocer la ubicación real de objetos como celulares y computadoras conectadas a internet, pero también se puede ocupar para monitorear donde se encuentra una persona”, señaló Rodríguez Palacios. 

La propuesta legislativa fue turnada a la Comisión de Igualdad de Género, para su estudio y resolución correspondiente. 

 

DERECHOS HUMANOS

En sesión ordinaria de Pleno, la diputada Lizette Minto García presentó una iniciativa de reforma a la Ley Orgánica Municipal para establecer la creación de Direcciones de Derechos Humanos y Comisiones Permanentes en los 217 Ayuntamientos del Estado de Puebla. 

La iniciativa señala que será facultad de los presidentes municipales nombrar al titular de la Dirección de Derechos Humanos del Municipio, asegurándose de que dicha persona posea las competencias, experiencia y conocimientos necesarios para desempeñar eficazmente sus funciones. 

Además, el presidente municipal deberá asegurar que la Dirección de Derechos Humanos opere conforme a los principios de legalidad, imparcialidad, transparencia y respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el país sea parte. 

Para este fin, se propone reformar la fracción LXIII y adicionar la fracción LXIV del artículo 91, así como reformar la fracción IX y adicionar la fracción X del artículo 96, ambos de la Ley Orgánica Municipal. 

La iniciativa fue turnada a la Comisiones Unidas de Derechos Humanos y Asuntos Municipales, para su análisis y dictaminación procedente. 

Durante la sesión, la Mesa Directiva dio cuenta de las siguientes iniciativas: 

Iniciativa del diputado Roberto Bautista Lozano para reformar el artículo 267 del Código Penal del Estado de Puebla, para ampliar la definición de cópula y violación, con la finalidad de dotar de herramientas a los ministerios públicos y jueces para la correcta aplicación de la norma. 

La iniciativa fue turnada a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, para su estudio y resolución correspondiente. 

Iniciativa de la diputada Azucena Rosas Tapia para reformar el párrafo primero del artículo 3 de la Ley que Establece los Procedimientos de Entrega-Recepción en los Poderes Públicos, Ayuntamientos, Órganos Constitucionalmente Autónomos y Públicos Paraestatales de la Administración Pública del Estado de Puebla, con el propósito de especificar exactamente a partir de qué nivel jerárquico empieza la obligación de realizar el proceso de entrega-recepción y hasta qué nivel termina. 

La iniciativa fue turnada a la Comisión de Control, Vigilancia y Evaluación de la Auditoría Superior del Estado, para su estudio y resolución correspondiente. 

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