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jueves, noviembre 21, 2024

En Puebla, 65% de denuncias por violencia política de género han sido desechadas

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Pese a que hace tres años se establecieron los lineamientos para ingresar a sujetos sancionados por violencia política en razón de género contra las mujeres en un Registro Nacional y Catálogo local, en Puebla, de 117 denuncias presentadas por violencia política de género ante el Instituto Electoral del Estado (IEE), 77 de ellas han sido desechadas, lo que equivale a 65 por ciento. 

De julio de 2020 hasta abril de este año, en la entidad se han presentado 117 denuncias por violencia política de género ante el Organismo Público Local Electoral (OPLE), de las cuales 10 de ellas han resultado en una sentencia sancionadora del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) con la inscripción en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género. 

En el IEE todavía se encuentran activas y en etapa de substanciación 30 denuncias más por este delito, 17 presentadas en 2022, y 13 de 2023, por lo que las 77 restantes resultan en procedimientos que fueron desechados por la autoridad electoral de Puebla, lo que los deja con una eficiencia de 35 por ciento de sanciones contra sujetos que ejercieron violencia política de género contra mujeres. 

Aunque a nivel nacional, la inscripción en el registro no restringe el derecho a ser votado en un proceso electoral, en Puebla las reformas de 2020 al Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado, le negarían a una persona sancionada la participación en el proceso electoral 2023-2024. 

Esta distinción la hizo la consejera del Instituto Nacional Electoral (INE), Dania Ravel Cuevas, quien puntualizó que Puebla tiene una legislación clara que hace efectiva la sanción contra los violentadores de mujeres. 

“No genera una contradicción porque —precisamente estaba platicando con la consejera del Instituto Electoral local que ya lo tenían en su legislación y esto tiene que ver con la 3 de 3 contra la violencia— ahí sí, ya se establece como requisito para obtener una candidatura no ser deudor alimentario moroso o no haber sido condenado por una sentencia en materia de violencia política, eso ya está en la legislación y eso ya es un requisito que se establece, y se tiene que cumplir a nivel local”, enfatizó la consejera del INE. 

Dania Ravel comentó que en diversas entidades del país se cuenta con una contradicción en cuanto a la forma de demostrar el “modo honesto de vivir” y lo que establece la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en cuanto a que se considera como violatorio de derechos el negarse el derecho a ser votado, pero al generarse este criterio en la legislación de Puebla no se requiere que las sentencias del TEEP o del TEPJF establezcan expresamente que se les niega el derecho a ser candidato a un cargo de elección popular, como ocurre en otras entidades. 

La consejera electoral del INE aclaró que la temporalidad que se les impone a los infractores por violencia política de género contra las mujeres, no se refiere al tiempo que no pueden ser candidatos, sino únicamente al tiempo que permanecerá pública su inscripción en el Registro Nacional. 

 

EN PUEBLA HAY 10 SANCIONADOS; SOLO 6 ESTÁN EN EL REGISTRO 

Aunque el tribunal electoral local ha emitido 10 sentencias ordenando la inscripción de sujetos por ejercer violencia política en razón de género contra las mujeres, solo seis de ellos se encuentran inscritos con sus nombres públicos en el Registro Nacional de Sujetos Sancionados. 

Al respecto, la consejera Dania Ravel explicó que esto se debe a que solo se hace el procedimiento de inscripción cuando la sanción se encuentra firme por la autoridad judicial y, cuando los sancionados recurren a la Sala Regional Ciudad de México y la Sala Superior del TEPJF, deben esperar a que ellos resuelvan para proseguir con la inscripción. 

El primer poblano en ingresar al Registro Nacional fue el expresidente municipal de Francisco Z. Mena, Pascual Morales Martínez, por exceder sus facultades como servidor público y ordenar suspender el pago de la regidora Flor Teresa Ávila Núñez, por lo que se pidió su inscripción por un periodo de siete años y tres meses. 

También fue registrado el expresidente municipal de Santiago Miahuatlán, Edmundo Jesús Rodríguez Castillo, por obstaculizar el trabajo, al no entregarle los recursos materiales y humanos necesarios para desempeñar su cargo.

Los siguientes en ingresar al registro fueron Luis Gabriel Rodríguez Martínez, ciudadano denunciado por la exregidora de Tehuacán, Yocelín Diego Cortez, quien acusó ser víctima de calumnias y sexualización de su persona a través de una publicación en redes sociales; Bernardino Aquino Beléndez, exalcalde de San Antonio Cañada, quien fue denunciado por una ciudadana indígena que se desempeñó como regidora y acuso obstaculización para realizar su trabajo; y Omar Arteaga Ortigoza, presidente municipal de Tuzamapan de Galeana, por impedir a una exregidora desempeñar sus funciones y le asignó tarea que no le correspondían como la limpieza del ayuntamiento. 

Entre quienes también fueron sancionados con su inscripción en el registro, pero impugnaron ante el TEPJF se encuentra Claudia Rivera Vivanco, quien ejerció violencia política de género contra Yasmín Flores, consejera jurídica del Ayuntamiento de Puebla. 

El regidor de San Martín Texmelucan, José Galindo Yamak, responsable de violencia sexual, psicológica y simbólica contra la edil de ese municipio, la morenista Norma Layón Aarun. 

También espera una resolución a su impugnación el director editorial del medio The Mixteca Times, Herlindo Fernando Hoyos Bravo, por ejercer violencia verbal hacia la expresidenta de Jolalpan, Olga Rosas Parra. 

El último en impugnar su ingreso al Registro Nacional es el diputado local del PAN, Eduardo Alcántara Montiel, señalado de ejercer violencia contra la aspirante a la candidatura a presidenta municipal de San Pedro Cholula, Erika De la Vega Gutiérrez. 

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