La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que el alcalde de Puebla, Eduardo Rivera Pérez, incurrió en difusión de propaganda gubernamental en medio de la veda electoral de la consulta popular de Revocación de Mandato.
En sesión pública, los magistrados electorales aprobaron dejar firme la sentencia que fue emitida por la Sala Especializada del TEPJF el pasado 28 de abril, cuando se determinó que el presidente municipal violó la veda electoral por presumir un logro de su gobierno.
Ahora, debe ser la Contraloría Municipal del Ayuntamiento de Puebla la que revise la infracción cometida por el presidente municipal y le imponga una sanción, determinó el Tribunal.
La Sala Especializada del TEPJF determinó que el alcalde de Puebla incurrió en una violación de la veda electoral durante el proceso de Revocación de Mandato, derivado de la promoción de programas de su gobierno municipal, que no se trataban de cuestiones de salud, educación y protección civil.
Al respecto, los integrantes de la Sala Superior determinaron desechar la impugnación de Rivera Pérez, al concluir que sí incurrió en difusión de propaganda gubernamental durante periodo prohibido.
En la sentencia se argumentó que el edil de la capital poblana realizó una publicación en su cuenta de Twitter para difundir un logro de gobierno, el cual tuvo como propósito presumir una obra pública para persuadir a la ciudadanía. En el evento, el presidente municipal participó en una reunión donde hizo uso de la palabra, con una lona de su administración en el fondo.
“La publicación tuvo como propósito buscar la adhesión o persuasión de la ciudadanía, al presentarse un acontecimiento ocurrido en la administración del recurrente, con una lona de fondo en una pequeña reunión donde sostiene un micrófono, lo cual permite deducir que tuvo uso de la voz y posteriormente hizo la publicación en su red social buscando lograr notoriedad”, se manifestó en la ponencia, por lo que se confirmó la sentencia.