Después de que se puso en la mesa el tema de la violencia vicaria que sufren las mujeres, las diputadas locales han comenzado a tomar cartas en el asunto para sancionarla en el estado. La diputada del Partido del Trabajo, Mónica Silva Ruiz, buscará que este tipo de agresión sea sancionada hasta con 10 años de prisión.
Luego de que Aurora Sierra Rodríguez, de la coalición Va por Puebla, propusiera la tipificación de este delito en la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, su homóloga petista se sumó a la iniciativa presentado un paquete de reformas a la misma ley; a la de Prevención, Atención y Sanción de la Violencia Familiar; la de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes; y los Códigos Civil y Penal del estado.
La nueva propuesta plantea concebir como violencia vicaria el acto u omisión intencional con el objeto de causar daño a una persona integrante de la familia o que habita el mismo domicilio, a través de la agresión, descuido o manipulación de otro integrante de la familia, que se encuentra bajo patria potestad, tutela, guarda o custodia.
“En esta modalidad de violencia que se da en el ámbito familiar, existen dos o más víctimas, de las que al menos una de ellas, es utilizada como el objeto para lastimar a otra”, se lee en la iniciativa.
La diputada del PT plantea incorporar en el Código Civil del estado el mismo concepto en el artículo 291, añadiendo que “en esta modalidad de violencia existen dos o más víctimas, de las que al menos una de ellas, es utilizada como el objeto para lastimar a otra”.
Asimismo, se busca añadir en el artículo 634 que el juez pueda modificar el ejercicio de la patria potestad en beneficio de los menores cuando quien ejerza violencia realice conductas reiteradas para evitar la convivencia de los menores con la persona o personas que tengan reconocido judicialmente su derecho a la misma.
En tanto, en el artículo 284 Bis del Código Penal local se busca incorporar como agravante de delito de violencia familiar. Este delito se castiga con pena de 2 a 8 años de prisión, sin embargo, cuando de cometerse en contra de una niña, niño o adolescente, o adulto mayor de sesenta años, se realice utilizando a las víctimas como instrumento para causar daño a uno de los padres, la sanción incrementaría hasta en un tercio.