Pese a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró válido el cobro del Derecho al Alumbrado Público (DAP) en 141 municipios del estado, el Ayuntamiento de Puebla y su alcalde, Eduardo Rivera Pérez, aún no tienen garantizado que este cobro se adhiera a su Ley de Ingresos para el 2023.
El coordinador del grupo legislativo del Partido Acción Nacional (PAN), Eduardo Alcántara Montiel, puntualizó que antes de analizar si le aprobarán el cobro del derecho al municipio de Puebla, esperarán a que la Corte resuelva la controversia constitucional que el Ayuntamiento interpuso en contra de la decisión del Congreso del estado de negarle el cobro del DAP en la Ley de Ingresos de este año.
Alcántara Montiel enfatizó que la resolución de la SCJN le da la razón a él y al coordinador de la bancada del PRI, Jorge Estefan Chidiac, que presentaron la iniciativa de reforma al Código Fiscal del Estado en octubre del año pasado, en la que se establecía una fórmula general para que los municipios puedan integrar el cobro a sus leyes de ingresos, con los criterios que se establecieron en jurisprudencias pasadas.
Sin embargo, para el caso del municipio de Puebla se tiene que esperar la resolución de su controversia constitucional, porque el cabildo aprobó una fórmula distinta en la que se integraban más conceptos como los metros de distancia con el alumbrado público, y la cantidad de luz o energía que recibían para determinar la cuota a cobrar.
“Hoy no tenemos una propuesta clara del Ayuntamiento; esperaremos a que nos las envíen y una vez teniéndola la revisaremos, si encuadra en este supuesto no creo que haya tanta complicación, pero si es una fórmula distinta, como la del año pasado, seguramente habrá una complicación”, declaró.
Alcántara Montiel enfatizó que Rivera Pérez propuso en su Ley de Ingresos 2022 cobrar el DAP con una fórmula similar a la planteada en ayuntamientos del estado de Tlaxcala, y que fue rechazada por los magistrados de la SCJN en una resolución emitida el pasado 17 de octubre.
“Será un argumento jurídico sí plantea una fórmula distinta a la que ya se declaró constitucional y político sino se hace la chamba de cabildeo con las fuerzas políticas”, dijo el coordinador de la bancada blanquiazul.
En dicha resolución, la Corte declaró inválidas diversas leyes de ingresos de cuatro municipios de Tlaxcala que establecían el cobro de derechos por el servicio de alumbrado público, que fueron impugnadas por la Comisión de Derechos Humanos de Tlaxcala y a nivel nacional.
En sus consideraciones, los ministros determinaron que dichas leyes de ingresos eran válidas por vulnerar los principios de proporcionalidad y equidad tributaria, ya que consideraban elementos ajenos al costo que le supone al municipio otorgar dicho servicio como lo son los metros de luz, la cantidad de alumbrado que recibían, entre otros.
En su elaboración de propuesta, el cabildo de Puebla se acopló a la propuesta que se había votado en el estado de Tlaxcala, por lo que se prevé que esta sea votada en contra por los ministros de la Corte.