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jueves, noviembre 21, 2024

Es oficial: violentadores y deudores de pensión no podrán ser candidatos

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El Congreso de Puebla avaló reformas de la Cámara de Senadores a la Constitución Política Mexicana en materia de suspensión de derechos para ejercer cargos públicos o ser candidatos a personas sancionadas por violencia de género y deudoras alimentarias, así como para permitir la participación de jóvenes en la administración pública y como legisladores a partir de los 18 años de edad. 

En sesión ordinaria del Pleno, los legisladores locales aprobaron por unanimidad las minutas de decreto enviada por la Cámara de Senadores, con lo que una vez que se publique en el Diario Oficial de la Federación, el Congreso de Puebla tendrá un plazo de 180 días para realizar las reformas pertinentes y homologar la Constitución Política del Estado y las leyes secundarias pertinentes antes del proceso electoral 2023-2024. 

La denominada Ley 3 de 3 —también Ley Sabina— que se aprobó en el Senado de la República, estipula que no podrán ser candidatos a un cargo de elección popular ni ser nombradas para empleo, cargo o comisión en el servicio público, las personas que tengan una sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida, la integridad corporal, la libertad y seguridad sexuales. 

En ese sentido, los delitos de violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; violencia política contra las mujeres en razón de género; y por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa causarán la suspensión del derecho a ser candidato en una elección o ser funcionario o servidor público. 

El otro dictamen que envió la Cámara de Senadores fue el referente a la edad mínima para ocupar un cargo público, el cual precisa que para ser diputado se requiere tener 18 años cumplidos el día de la elección; mientras que para ser secretario de Estado se requiere ser ciudadano mexicano por nacimiento, estar en ejercicio de sus derechos y tener 25 años cumplidos al día del nombramiento. 

La presidenta de la Mesa Directiva del Congreso de Puebla, Mónica Rodríguez Della Vecchia, explicó que como parte de los considerandos de ambas minutas de decreto se establece que el Congreso local tiene un plazo de 180 días para realizar las modificaciones pertinentes para homologar sus leyes. 

Recordó que a nivel local las diputadas de Morena, Daniela Mier Bañuelos y Yolanda Gámez Mendoza, y del Partido del Trabajo (PT) Nora Merino Escamilla, ya presentaron iniciativas de reforma a la Constitución Política del Estado, la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y los Códigos Civil y Penal para incluir dichas restricciones para quienes ejerzan violencia en contras las mujeres para que no puedan ocupar cargos públicos. 

Asimismo, para el tema de la edad mínima para desempeñarse en la administración pública, las diputadas Xel Ariadna Hernández García y Nora Merino ya presentaron las respectivas iniciativas para reformas la Constitución Política de Puebla, por lo que están a la espera de que la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para que entren al análisis de todas las propuestas. 

El presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, Eduardo Castillo López, sostuvo que con la aprobación de esta reforma para impedir que violentadores de mujeres ocupen cargos públicos que respaldan la lucha de las mujeres. 

“Este Congreso del Estado, la Junta de Gobierno siempre estará respaldando a las mujeres que han alabado la voz para que no haya agresores en el poder y sus derechos sean garantizados y podremos transitar en una sociedad libre de violencia para todas y todos”, externó.

En cuanto a la reducción de edad mínima para ser servidores públicos, el coordinador del grupo legislativo de Morena se manifestó a favor de la propuesta al considerar que se trata de una deuda histórica que tienen los políticos con las juventudes, pues en muchos casos la edad no representa experiencia para ocupar cargos públicos. 

Por su parte, la presidenta de la Comisión de Gobernación, Mónica Silva Ruiz, señaló que de acuerdo a datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), el 67.5 por ciento de las madres en México son solteras y no reciben ningún tipo de pensión alimenticia. 

“Desde una perspectiva de género, al recaer sobre las mujeres ambas exigencias son víctimas de violencia económica por sus deudores alimentarios, además de que se produce un deterioro del bienestar personal de la madre y se lesiona su derecho a la igualdad de oportunidades y al libre desarrollo de su persona”, enfatizó. 

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