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jueves, noviembre 21, 2024

En revisión, registro de Claudia Rivera como violentadora

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Hasta que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) no resuelva las impugnaciones presentadas, el registro de la expresidenta municipal de Puebla, Claudia Rivera Vivanco, en el Catálogo de Personas Sancionadas por Violencia Política en Razón de Género en contra de las Mujeres aún no está firme. 

En días pasados, la presidenta del tribunal electoral local, Idamis Pastor Betancourt, refirió en entrevista que hasta que no se resuelva el juicio que interpuso en la Sala Regional Ciudad de México del TEPJF todavía no quedará firme la sentencia ni se procederá con la inscripción en el Catálogo. 

“En el caso de Claudia Rivera todavía hay una sentencia en la Sala Regional, todavía no determina si la sentencia sí queda firme o no, por eso no ha sido registrada”, manifestó. 

Señaló que no se encuentra en las mismas condiciones que otros casos como el del diputado Eduardo Alcántara Montiel, de quien informó que ya se hizo la solicitud al Instituto Nacional Electoral (INE) y al Instituto Electoral del Estado (IEE) para proceder con su inscripción en el Catálogo, debido a que ya existe una sentencia firme por parte de la Sala Superior del TEPJF. 

En ese caso particular, la presidenta del TEEP externó que la sentencia emitida por el órgano jurisdiccional local el pasado 27 de enero indicó que la exalcaldesa de Puebla quedaría inscrita en el Registro por cuatro años y cuatro meses, mismo tiempo que quedará inhabilitada para ejercer candidaturas hasta que finalice su periodo dentro del Catálogo. 

“La sentencia dice que se le sancionó y que se le inscriba en el Catálogo, y los lineamientos de las personas inscritas son muy claras y dicen el tiempo en el que no podrán ser candidatos, no es que diga expresamente ‘y no podrán ser candidatos’, viene implícito en la sentencia y la inscripción en la sentencia. Es un hecho (que no podrá competir)”, enfatizó Pastor Betancourt. 

El 27 de enero de 2023, los magistrados del TEEP aprobaron por unanimidad de votos la resolución de la denuncia interpuesta por Yasmín Flores Hernández, exconsejera jurídica del Ayuntamiento de Puebla, en contra de Rivera Vivanco. 

En la ponencia se expuso que Rivera Vivanco sí incurrió en violencia política de género por cumplir con los elementos que actualizan este tipo de violencia en el ejercicio de un cargo público; fue perpetuado por superiores jerárquicos o colegas de trabajo; fue simbólica, verbal, patrimonial, económica, física, sexual y psicológica; tuvo como resultado menoscabar el reconocimiento, goce y ejercicio de los derechos político-electorales de las mujeres, y se basó en elementos de género, es decir, “se dirige a una mujer por ser mujer”. 

En la sentencia se ordena que Rivera Vivanco sea inscrita en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, además de que se emita una disculpa pública en favor de la extrabajadora del Ayuntamiento de Puebla. 

De acuerdo con los lineamientos establecidos por el Instituto Nacional Electoral (INE) todos los servidores públicos y actores políticos que incurran en violencia política de género con sentencia firme deben ser inscritos en el por un periodo mínimo de tres años. 

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