Publicado originalmente por Staff en Reforma, compartimos este reportaje por su relevancia e interés periodístico:
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) autorizó hoy a la Ministra Lenia Batres para votar en los asuntos fiscales de las empresas de Ricardo Salinas Pliego, pese a que lo ha acusado públicamente de ser un “miserable” y ha exigido el retiro de sus concesiones de televisión.
La Corte resolverá hoy mismo los recursos pendientes de Grupo Elektra y TV Azteca, por deudas fiscales de 33 mil 477 millones de pesos, pero antes resolvió un impedimento contra Batres.
La anterior integración de la Corte ya había determinado que Batres no podía votar en casos que involucraran a Salinas Pliego, porque su imparcialidad estaba en duda debido a expresiones públicas que publicó en sus redes sociales entre 2020 y 2021.
Debido a esos impedimentos, aprobados por las dos Salas, Batres quedó fuera de la votación de uno de los recursos de Elektra, así como de un amparo personal de Salinas Pliego contra una indagatoria de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) sobre sus cuentas bancarias.
Ahora, la Corte declaró infundado el impedimento contra Batres para votar la deuda fiscal más cuantiosa que enfrenta Grupo Elektra, por 18 mil 455 millones de pesos, con el argumento de que sus dichos contra Salinas Pliego fueron previos a su llegada a la Corte.
“Las expresiones atribuidas a la Ministra Batres son anteriores no solo al inicio de sus funciones como Ministra, sino también al momento en que el asunto fue del conocimiento de este Tribunal Constitucional. En consecuencia, no existe elemento objetivo que permita vincular dichas manifestaciones con el ejercicio de su función jurisdiccional ni con la tramitación del presente juicio de amparo”, afirma la sentencia.
“Mientras la extinta Segunda Sala estimó que tales expresiones bastaban para generar una duda legítima sobre la imparcialidad judicial, este Tribunal Pleno considera que su alcance debe apreciarse a la luz de la temporalidad en que fueron emitidas, pues ocurrieron cuando la Ministra Batres aún no desempeñaba funciones jurisdiccionales ni estaba sujeta al deber de mesura judicial”, agrega.
El Presidente de la Corte, Hugo Aguilar, dijo que los dichos de Batres contra Salinas Pliego no tuvieron nada que ver con el litigio fiscal de Elektra.
El pasado 12 de marzo, cuando la Segunda Sala la declaró impedida, Batres abandonó la sesión, dejó sin quórum a la Sala y acusó a sus colegas de “sometimiento y complicidad a los intereses ilegítimos de los poderes fácticos”.
Ya siendo Ministra, Batres ha difundido múltiples publicaciones exhibiendo las tácticas de las empresas de Salinas Pliego para retrasar sus asuntos fiscales en la Corte, pero la sentencia de hoy afirma que esto lo ha hecho con “lenguaje neutro” y en uso de su libertad de expresión.
El proyecto fue aprobado por unanimidad de seis votos, pues no participaron María Estela Ríos, por su cercanía personal con Batres, y Yasmín Esquivel, cuyo impedimento se planteó en el mismo expediente y también fue rechazado.
La Corte también impuso multa a la empresa por su “patrón reiterado de conducta” de promover impedimentos para bloquear la resolución de sus asuntos fiscales.

