Ayer empecé a contarle la historia del abogado Alfredo Aragón Jiménez Castro, magistrado del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, que un día que fue sorprendido por su esposa en adulterio salió corriendo a romper definitivamente —sin pensión alimenticia de por medio— con la abogada con la que procreó una niña.
No sólo se ausentó —aplicó el ghosting—, también quiso romper cualquier lazo afectivo con la niña.
¿Qué fue lo que hizo?
Acudió a Exacta Laboratorios para aplicarse varios análisis clínicos. Vea el hipócrita lector:
El magistrado se hizo una biometría hemática, un antígeno prostático, un examen general de orina, un ultrasonido de testículos y una espermatobioscopía directa.
Gracias al ultrasonido de testículos —qué conveniente— descubrió que padece varicocele lateral grado 1, lo que da como resultado —cito un acta judicial en la que aparecen sus propias palabras— “un deterioro en la calidad de los espermas por la falta de torrente sanguíneo que se dirige hacia los testículos”.
Esa misma acta arroja —siempre en función de las palabras del magistrado, y sin peritaje médico de por medio— que “las morfologías de mis espermatozoides sólo son normales en un 4 por ciento y anormales en un 96 por ciento, situación que aunado al padecimiento detectado (varicocele) reduce de manera considerable la posibilidad de que pueda procrear, ya que es indispensable que mis espermatozoides sean capaces de fecundar el óvulo, lo que es remotamente posible por el padecimiento que me aqueja”.
En conclusión, asegura —todo está en actas— que, “por simple lógica, no pude haber procreado a la menor de edad, lo que me lleva a tener la zozobra legítima de que no existe vínculo biológico entre el suscrito y la citada menor de edad”.
“Por simple lógica”…
Qué lejos está del ámbito médico esa expresión del magistrado.
Algo más:
Varios médicos consultados dicen que el único varicocele que podría generar una incapaz para procrear es el varicocele grado 3.
El del magistrado es grado 1.
Hay que decir que nuestro personaje y la abogada concibieron a la niña (ahora denominada “menor de edad” por su propio padre) en enero de 2015.
Es decir: hace 7 años 2 meses.
El 21 de octubre de 2015, la niña fue oficialmente registrada.
En tanto que los análisis clínicos se los practicó el 19 de julio de 2021.
Para entonces, la niña tenía 6 años 6 meses de haber nacido.
Fuentes médicas consultadas aseguran que los trastornos que impiden la procreación pudieron haberse generado después de que nuestro personaje embarazó a la abogada.
Cosas de la vida: el padrino de bautizo del magistrado, el exministro Genaro Góngora Pimentel, hizo algo similar en su momento.
Un reportaje de Paula Chouza, publicado en el diario español El País en junio de 2013, así lo evidencia:
“Todo el derrumbe de esta figura pública comenzó en mayo, cuando una investigación periodística informó de que Ana María Orozco, expareja de Góngora Pimentel, llevaba encerrada en una cárcel para mujeres del Distrito Federal desde junio de 2012, poco después de que ella lo denunciara a él por incumplimiento de pensión alimenticia a sus hijos, dos pequeños con autismo de 9 y 7 años de edad. La mujer fue enviada a prisión afrontando un proceso por delito de fraude genérico al haber puesto a su nombre, y no al de los pequeños, una modesta casa en Xochimilco, al sureste de la capital, para cuya compra el exmagistrado le habría dado dos millones de pesos (154.220 dólares). Tras hacerse pública la noticia y con ella el escándalo que dejaba entrever el proceder de un sistema judicial nada justo, el propio Góngora —cuyos ingresos mensuales superan los 28.900 dólares— envió una carta de disculpa al programa de radio Noticias MVS, de la periodista Carmen Aristegui, en la que reconocía que se había dejado llevar por sus ‘emociones de desconcierto’ e indicaba que apoyaría a la autoridad ministerial ‘para que en el momento procesal oportuno’, Ana María se reincorporase al hogar con los niños, a fin de ‘brindarles toda la atención, el amor, el cariño y comprensión que ellos se merecen’”.
La propia reportera dice en una parte que uno de los alegatos de Góngora fue que las niñas no necesitaban su dinero por el hecho de ser autistas.
Ufff.
Padrino y ahijado marchan por la misma ruta.
Y es que el magistrado, después de haber convivido varios años con la niña y su pareja informal—incluso con los familiares de ésta—, ahora alega que ni siquiera veía a quien dejó de llamarle “hija” para denominarla, fría y cobardemente, “la citada menor de edad”.
Una posibilidad que empaña el caso es que, al más puro estilo de su padrino de bautizo —y en aras de deslindarse de su hija y de quien durante varios años fue su pareja—, el magistrado manipule las pruebas de ADN apoyado por integrantes del Poder Judicial Federal, con quienes ha tenido cercanía a lo largo de muchos años.
La buena noticia es que Clara Andrea Aguilar Alonso, perito en Genética Forense —funcionaria de la Fiscalía General del Estado— estará a cargo del procedimiento.
Este jueves a las once de la mañana será la audiencia en el Juzgado Tercero de lo Familiar, a cargo de María Belem Olivares Lobato.