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jueves, noviembre 21, 2024

Congreso, sin facultad para avalar concesión de paraderos: Eduardo Rivera

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El alcalde Eduardo Rivera Pérez puso en duda las facultades legales del Congreso del estado e ignoró la opinión del gobernador Miguel Barbosa Huerta, al insistir que no requiere pedir permiso a nadie para entregar el título de concesión para que un privado usufructúe las zonas de espera peatonal, pendones y espacios en puentes para uso publicitario por un periodo de 10 años. 

Al ser cuestionado por el rechazo del mandatario ante la vigencia del contrato y la postura del presidente del Congreso, Sergio Salomón Céspedes, quien aclaró que se necesita forzosamente la aprobación del Congreso, Rivera Pérez enlistó una serie de resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la Constitución, la Ley Orgánica municipal y el Código Fiscal para hacer frente a los señalamientos en su contra y que, a su decir, se resumieron en que una concesión no es un simple contrato sino “acto administrativo discrecional”. 

A decir del panista, no se requiere la autorización del Congreso local para concesionar los paraderos del transporte público por 10 años, toda vez que según el artículo 57 fracción VII de la Constitución Mexicana, el Congreso únicamente puede aprobar la enajenación de bienes y contratos con una duración mayor al periodo de un Ayuntamiento, pero la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha resuelto que una concesión no es un simple contrato, argumento que utilizó para ignorar las regulaciones legales. 

Detalló que un amparo promovido ante la Corte establece que la naturaleza jurídica de la concesión “no se concibe como un simple contrato”, sino que se trata de un acto administrativo “mixto”, es decir, que esto permite a la Comuna entregar la concesión a un particular sin importar que se asigne durante una década. 

“Como se observa, no existe la facultad del Congreso de aprobar actos, convenios y mucho menos concesiones administrativas, únicamente contratos con una duración mayor al periodo del Ayuntamiento. La concesión no es un simple contrato, lo dice la Corte. En el marco normativo del municipio de Puebla, específicamente en el artículo 82 del Código Fiscal para el municipio de Puebla, se establece que la concesión constituye un acto administrativo de carácter discrecional”, justificó. 

Con la entrega de la concesión a un particular, el alcalde busca obtener una recaudación de al menos 2.2 millones de pesos anuales por la renta de espacios publicitarios a través de una empresa, la cual además tendrá que colocar puntos Wi-Fi y cámaras de seguridad en paraderos con alta incidencia delictiva del municipio. 

Para concretar la concesión, el edil buscó la conformación de un Comité Técnico integrado por sus alfiles panistas, quienes estarán a cargo de desahogar el proceso de la licitación, cuyo fallo se tiene previsto emitir el 13 de abril. 

Entre los que conforman dicho Comité se encuentran el secretario de Desarrollo Urbano, Michel Chaín, quien es el presidente del Comité; la tesorera María Isabel García Ramos, integrada como secretaria ejecutiva; y, entre las vocales se encuentra la síndico municipal Guadalupe Arrubarrena, así como las regidoras Susana del Carmen Riestra, María Fernanda Huerta. 

La licitación 

De acuerdo con las bases de la licitación que fueron publicadas en la Plataforma del Ayuntamiento ayer, el alcalde busca que el 10 por ciento de la publicidad en estos espacios sean para propaganda del gobierno municipal y de instituciones autónomas con las que el Ayuntamiento tenga convenios. 

Esto significa que, si existen 488 zonas de espera de transporte y 800 soportes para pendones, el Ayuntamiento tendrá 49 espacios en paraderos para publicidad gubernamental y 80 espacios en soportes para pendones sin pagar un solo peso, lo que implica que lo mismo puede ser utilizado para promocionar obras o campañas. 

En las bases también se establece que la empresa deberá contar con una cuadrilla de 10 elementos, un chofer acreditado y todo el equipo requerido para la operación del servicio, además de instalar 150 puntos WiFi, el mismo número de cámaras de vigilancia e instalar 100 nuevas zonas de espera dentro de los 32 meses siguientes a la firma del contrato. 

Para participar en la convocatoria, las empresas deberán presentar propuestas económicas de al menos 2.2 millones de pesos anuales, monto que es enunciativo más no limitativo, es decir, ganará la empresa que oferte el monto más alto de pago a favor del Ayuntamiento y éstos tendrán que integrarse por la empresa a más tardar el 15 de diciembre de cada año. 

 

Mobiliario urbano a concesionar 

  • 488 zonas de espera 
  • 800 soportes para pendones en 27 vialidades 
  • Espacios susceptibles de ser utilizados para fines publicitarios en puentes, ya sean peatonales o vehiculares en vialidades municipales 

Algunos compromisos de la empresa 

  • Cuadrilla de 10 elementos, un chofer y un director responsable de obra 
  • Atención en 48 horas 
  • 150 puntos WiFi y 150 cámaras de vigilancia 
  • 100 zonas de espera adicionales 

Monto a pagar por parte de la empresa al Ayuntamiento: Mínimo 2.2 millones de pesos anuales 

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