El secretario de Gobernación federal, Adán Augusto López Hernández, aseguró que la designación de quien deba asumir el cargo de gobernador interino, tras el fallecimiento de Miguel Barbosa Huerta, será una decisión que le competa exclusivamente a los poblanos.
López Hernández fue entrevistado a su salida de Casa Aguayo, en donde este miércoles participó del homenaje a Miguel Barbosa, acompañando al presidente Andrés Manuel López Obrador y otros integrantes del gabinete federal.
El encargado de la gobernabilidad del país confió en que existe suficiente diálogo entre las fuerzas políticas del Congreso del Estado de Puebla para que alcancen una decisión respecto a quien deberá sustituir al gobernador.
La decisión de los diputados del Congreso del Estado está en designar a quien concluya el periodo de Miguel Barbosa en diciembre de 2024, pero también quien tomará las riendas del estado para los próximos dos años.
Adán Augusto dijo que se mantendrán en permanente comunicación con las instituciones en el estado, así como con quien por el momento encabece el Despacho de la gubernatura de Puebla.
Cabe recordar que, tras el deceso de Barbosa Huerta, el pasado martes 13 de diciembre, la secretaria de Gobernación estatal, Ana Lucía Hill Mayoral, asumió como encargada de Despacho de la oficina del Ejecutivo del Estado.
“Estaremos en permanente comunicación con los legisladores, con quien esté a cargo del despacho y pues, generar condiciones de que pueda haber diálogo y que pueda haber consenso para que designe en su momento a un gobernador sustituto”, declaró.
A pregunta expresa, el también exgobernador de Tabasco rechazó que la Federación vaya a intervenir en el proceso de designación del gobernador sustituto, el cual, de acuerdo con la Constitución Política del estado, compete al Congreso del Estado.
“No ninguna (recomendación al Congreso local), ninguna, eso es decisión de los poblanos”, acotó, con ello el titular de la Segob dejó en claro que el gobierno federal no tendría injerencia en la decisión que tomen los diputados locales, quienes este 15 de diciembre concluyen periodo ordinario de sesiones.
Ante la ausencia definitiva del titular del Poder Ejecutivo del estado, el Congreso de Puebla se encargará de iniciar con el proceso de elección de un gobernador sustituto que selle el periodo constitucional de la administración 2018-2024.
El artículo 57 de la Constitución Política del Estado de Puebla, establece el procedimental ante la falta absoluta del titular del Poder Ejecutivo estatal.
“Elegir al ciudadano que deba sustituir al Gobernador de elección popular, si la falta absoluta de éste se presenta durante los cuatro últimos años del período. Dicho funcionario se denominará Gobernador Substituto”.
El artículo 74 de la Constitución de Puebla marca como requisito para ocupar el cargo de gobernador el “ser mexicano por nacimiento; ser ciudadano del estado en pleno goce de sus derechos políticos; y tener 30 años cumplidos el día de la elección”.
También se establece que los postulantes no deberán ser funcionarios de la Federación, del Estado o del Municipio, militar en servicio activo o con mando de fuerzas dentro del Estado, a menos que se separe del cargo o servicio cuando menos noventa días antes de la elección y no ser ministro de algún culto religioso.
No obstante, estos requisitos establecidos en la Constitución del Estado son base para la elección de un gobernador en un proceso electoral, pero no se marca para una designación, escenario en el que se encuentran los legisladores locales, por lo que la obligación de todos los requisitos podría no aplicar.