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jueves, abril 18, 2024

Recibe Pleno de la LXI Legislatura reforma para establecer el delito de cohabitación forzada

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Se aplicará cuando este involucre a personas menores de 18 años o personas que no tienen capacidad para comprender o resistir el hecho.

También se recibieron reformas en beneficio de las mujeres y para erradicar la violencia de género.

En sesión ordinaria de la LXI Legislatura del Congreso del Estado la Mesa Directiva dio lectura a la iniciativa de reforma de la denominación de la Sección Cuarta del Capítulo Séptimo del Libro Primero y del artículo 228 Bis del Código Penal del Estado para establecer como delito de cohabitación forzada de personas menores de 18 años o personas que no tienen capacidad para comprender o resistir el hecho.

Al hacer uso de la palabra el diputado Oswaldo Jiménez López explicó que mediante esta reforma a quien cometa el delito se le aplicarán pena de ocho a 15 años de prisión y multa de mil a dos mil 500 Unidades de Medida y Actualización.

El dictamen se turnó para su análisis y resolución procedente a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia.

En otro momento de la sesión, el diputado Carlos Evangelista Aniceto, propuso reformas al Código Penal para que se excluya como delito cuando una mujer, víctima de violencia física, psicológica, sexual o feminicida, presuma legítima defensa y repela la agresión o cuando otra persona actúe en auxilio de ella.

La propuesta de reforma queda de la siguiente manera “se presumirá la legítima defensa, salvo prueba en contrario, en caso de que la mujer sea víctima o haya estado en peligro de ser víctima de violencia física, psicológica, sexual o feminicida en términos de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Puebla, y repela la agresión, o cuando otra persona la repela en auxilio de ella”

El dictamen se turnó para su análisis y resolución procedente a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia.

En otro momento de la sesión, la diputada Nancy Jiménez Morales propuso reformas a la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para dar una definición de la violencia digital.

El dictamen se turnó para su análisis y resolución procedente a la Comisión de Igualdad de Género.

Por su parte, la diputada Mónica Rodríguez Della Vecchia, al hacer su exposición como parte de la Sesión, presentó una propuesta para reformar la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para equiparar a la violencia familiar, la que ocurra aun cuando no se tenga algún parentesco, pero por cierta causa se incorpore al núcleo familiar.

El dictamen se turnó para su análisis y resolución procedente a la Comisión de Igualdad de Género.

Mediante un punto diferente la diputada Mónica Silva Ruíz propuso reformas al Código Penal que se equiparará como violencia familiar y se sancionará como tal la que se genere durante la relación de noviazgo.

El dictamen se turnó para su análisis y resolución procedente a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia.

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