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miércoles, febrero 5, 2025

Investigarán toda muerte violenta de mujeres como feminicidio

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El Congreso de Puebla homologará la legislación local para cumplir con los protocolos nacionales y que todas las muertes violentas de mujeres se investiguen como feminicidios.

Durante la conferencia mañanera del gobernador Alejandro Armenta, el diputado de Morena, Andrés Mendoza, anunció que hay una propuesta realizada en conjunto con la secretaria de Igualdad Sustantiva, Virgina González Melgarejo.

Este proyecto de nueva ley consta de 93 artículos, además de que incluye la protección y atención “integral” de los familiares de las víctimas de este crimen.

“Presentamos una ley completa de 93 artículos que en los próximos días se va a estar trabajando, va a ser la primera ley del país, para que también haya un tratamiento integral de estas víctimas”, dijo el diputado.

El legislador morenista, presidente de la Comisión de Seguridad en el Poder Legislativo, dijo que adecuarán la ley en concordancia con lo que pide la presidenta Claudia Sheinbaum de que los estados deben legislar para que no haya impunidad en los asesinatos y la violencia de género.

Aseguró que la iniciativa va “muy avanzada” y que también está en análisis de la titular de la Fiscalía General del Estado (FGE), Idamis Pastor Betancourt, responsable de los ministerios públicos que investigan los homicidios.

De acuerdo con el informe de incidencia delictiva del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (Sesnsp), la entidad poblana sumó 42 carpetas de investigación por feminicidio durante 2024.

En Puebla el feminicidio fue tipificado como un delito contra la vida en noviembre de 2012 y es considerado el delito que se comete cuando se priva de la vida a una mujer por razones de género.

Cabe señalar que toda muerte violenta de una mujer debe investigarse como feminicidio, pero en algunas ocasiones los familiares de las víctimas acusan que no hay diligencias con perspectiva de género e incluso les dan “carpetazo” como supuestos suicidios.

El 25 de mayo de 2015, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un precedente en el que estipula que todas las diligencias por homicidios violentos de mujeres tienen que realizarse con perspectiva de género.

Este precedente lo sentó el caso de Mariana Lima Buendía, quien fue asesinada por su esposo, un agente investigador de la extinta Procuraduría de Justicia del Estado de México, quien trató de encubrir el crimen como un suicidio.

El Congreso de la Unión estableció el tipo penal de feminicidio obligado por un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el que señaló al Estado mexicano por falta de diligencia en el asesinado de Claudia Ivette González, Esmeralda Herrera Monreal y Laura Berenice Ramos Monárrez.

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