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viernes, marzo 29, 2024

Ingresan reformas a leyes secundarias del Poder Judicial del Estado Puebla

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Fuera del plazo para que se concluya la reforma constitucional en materia del Poder Judicial de Puebla, el Congreso del Estado recibió las propuestas de leyes secundarias para consolidar la iniciativa enviada por el gobernador Miguel Barbosa Huerta y aprobada por el Poder Legislativo en octubre del año pasado. 

En sesión Ordinaria del Pleno, la Mesa Directiva del Congreso local dio cuenta de las iniciativas de Ley Reglamentaria de los Medios de Defensa, Ley de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, Ley de Carrera Judicial y Ley Orgánica de la Defensoría Pública, mismas que fueron turnadas a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia. 

De acuerdo con los artículos transitorios de la reforma constitucional aprobada en octubre del año pasado, el Congreso local tiene un plazo de 120 días naturales para expedir las leyes secundarias. 

La reforma fue publicada en el Periódico Oficial del Estado el pasado 24 de octubre, por lo que el plazo corrió a partir del 25 de octubre y concluyó hasta el 21 de febrero de este año, lo que indica que estarían fuera de tiempo. 

El coordinador del grupo legislativo del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Jorge Estefan Chidiac, reconoció que probablemente el Congreso del Estado estaría fuera de tiempo para cumplir con el plazo que se estableció en el decreto de la reforma constitucional al Poder Judicial. 

No obstante, apuntó que también se debe revisar si los demás órganos del Poder Judicial del Estado cumplieron en tiempo y forma con las modificaciones establecidas en los artículos transitorios de dicho decreto. 

En el decreto también se estableció que, una vez entre en vigor la presente reforma constitucional, el Congreso del Estado de Puebla deberá, en su caso, convocar, en un plazo de ciento ochenta días, a una consulta a las comunidades y pueblos indígenas para el desarrollo y elaboración de una ley secundaria que establezca el sistema de justicia indígena. 

También se señala que el Consejo de la Judicatura tendría un plazo máximo de 120 días para instrumentar la aplicación de la declaración de intereses en todas las personas servidoras públicas del Poder Judicial, así como aplicar las medidas necesarias en los casos que se acredite que están bajo una situación que comprometa o afecte una libre y transparente relación de trabajo, garantizando los derechos de audiencia y presunción de inocencia. 

Además, sin perjuicio de los plazos establecidos en los artículos transitorios, una vez instalado el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial, deberá llevar a cabo un diagnóstico para evaluar los procedimientos administrativos y judiciales.

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