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miércoles, abril 17, 2024

Desechan amparo de Romero Serrano para evitar suspensión de la ASE

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El Consejo de la Judicatura Federal (CFJ) desechó el juicio de amparo que presentó Francisco Romero Serrano para evitar su suspensión temporal como titular de la Auditoría Superior del Estado (ASE).

El juicio de amparo fue promovido por Romero Serrano el pasado 16 de febrero. en contra de la medida cautelar emitida por el Juez de Control de la Región Centro-Poniente de la entidad, que ordenó su suspensión temporal en el cargo por la denuncia de violencia familiar que enfrenta.

Romero Serrano reclamó los actos que tomen el Juez de Control Javier Vázquez Fernández, el Congreso del Estado, la Junta de Gobierno y la Comisión de Vigilancia por los actos y consecuencias que puedan derivarse del cumplimiento de la medida cautelar.

Sin embargo, el CJF declaró improcedente el juicio de amparo del auditor debido a que, de acuerdo con el Artículo 61 de la Ley de Juicio de Amparo, este es improcedente cuando se presenta “contra las resoluciones de tribunales judiciales, administrativos o del trabajo, respecto de las cuales conceda la ley ordinaria algún recurso o medio de defensa dentro del procedimiento, por virtud del cual puedan ser modificadas, revocadas o nulificadas”.

Asimismo, apuntaron que Romero Serrano acudió para reclamar la imposición de la medida cautelar, pero tal acto es susceptible de ser impugnado a través del recurso de apelación, por lo que no se actualiza el principio de excepción de la improcedencia del juicio de amparo.

El Congreso del Estado recibió la notificación de la medida cautelar en contra del auditor del estado el pasado 14 de febrero, y la turnó a la Junta de Gobierno y a la Comisión de Vigilancia de la ASE.

La Fiscalía General del Estado obtuvo desde el pasado 22 de diciembre una orden de aprehensión en contra de Romero Serrano por el delito de violencia familiar.

El titular de la ASE promovió un amparo para la suspensión provisional definitiva de la orden de aprehensión en su contra, misma que fue concedida por el Juzgado Quinto de Distrito de Amparo en Materia Penal del Estado de Puebla.

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